Sentencia Nº 74230 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018
Año | 2018 |
Número de sentencia | 74230 |
Fecha | 06 Julio 2018 |
Estatus | Publicado |
Emisor | Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina) |
Sentencia número ciento treinta y uno /Dos mil dieciocho.-
En la ciudad de S.R., Capital de la Provincia de La Pampa, a los seis días del mes de julio del año dos mil dieciocho, se constituye el Juez de Control, N.D.R., a efecto de dictar sentencia en el expediente número 74.230 “M.P.F. C/ C., M.A.S.S.H. y sus acumulados N.. 74.701 y 74.654; seguido contra M.A.S.C., D.N.I. Nº 27.103.368, nacido el 05 de noviembre de 1975, hijo de R.O.C., y M.L.Y., del que;
Resulta: Que en el expediente N° 74.230 obra acuerdo de juicio abreviado, suscripto por el fiscal Dra. F.E.B.D.; el imputado M.A.S.C.; y, su abogado defensor M.G.O.. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, el fiscal solicitó que se le imponga a M.A.S.C., la pena de dos meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas (Arts. 377, 382 y 475 del C.P.P.), por los delitos de H. simple (artículo 162 del código penal) reiterado en tres ocasiones -expedientes números: 74.230, 74.701 y 74.654-, en concurso real entre si (art. 55 del C.P.), en carácter de autor (art. 45 del C.P.). Consta en el mencionado instrumento la conformidad prestada a la solicitud fiscal, por parte del imputado C. y su abogado defensor doctor G.O., y;
Considerando: Que en el expediente Nº 74.230 se han reunido las siguientes evidencias: Parte de novedades cursado por el S.F.S. quien relató que intervino a raíz de una solicitud de presencia policial, porque habían sustraído un teléfono celular de un local comercial ubicado en calles J.I. y P. de S.R., explicó que al autor del hecho se le había caído el documento de identidad, y lo habían atrapado en cercanías del lugar, en ese momento reconoció que el teléfono sustraído lo había arrojado en calle P.X. y P., lugar donde fue encontrado por una persona que observó el momento en que C. lo arrojó; C. demostrativo del lugar del hecho; Tomas fotográficas; Registro Fílmico de las cámaras del taller situado en P. Nº 1015; A. de declaración testimonial de R.S.H.; A. de reconocimiento y entrega del teléfono celular.-
Por otra parte, en el expediente Nº 74.701 se han reunido las siguientes evidencias: A. de denuncia de J.A.S., quien relató que del local comercial "Remises S.R.", ubicado en calle P. esquina calle 9 de J., de S.R., habían sustraido un billetera de color marrón, perteneciente a J.A.S. que contenía la suma de 2.500 pesos aproximadamente; y que observando las cámaras de seguridad del local se veía al autor del ilícito...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba