Sentencia Nº 74230 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Año2018
Número de sentencia74230
Fecha06 Julio 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Sentencia número ciento treinta y uno /Dos mil dieciocho.-
En la ciudad de S.R., Capital de la Provincia de La Pampa, a los seis días del mes de julio del año dos mil dieciocho, se constituye el Juez de Control, N.D.R., a efecto de dictar sentencia en el expediente número 74.230 “M.P.F. C/ C., M.A.S.S.H. y sus acumulados N.. 74.701 y 74.654; seguido contra M.A.S.C., D.N.I. Nº 27.103.368, nacido el 05 de noviembre de 1975, hijo de R.O.C., y M.L.Y., del que;
Resulta: Que en el expediente N° 74.230 obra acuerdo de juicio abreviado, suscripto por el fiscal Dra. F.E.B.D.; el imputado M.A.S.C.; y, su abogado defensor M.G.O.. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, el fiscal solicitó que se le imponga a M.A.S.C., la pena de dos meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas (Arts. 377, 382 y 475 del C.P.P.), por los delitos de H. simple (artículo 162 del código penal) reiterado en tres ocasiones -expedientes números: 74.230, 74.701 y 74.654-, en concurso real entre si (art. 55 del C.P.), en carácter de autor (art. 45 del C.P.). Consta en el mencionado instrumento la conformidad prestada a la solicitud fiscal, por parte del imputado C. y su abogado defensor doctor G.O., y;
Considerando: Que en el expediente Nº 74.230 se han reunido las siguientes evidencias: Parte de novedades cursado por el S.F.S. quien relató que intervino a raíz de una solicitud de presencia policial, porque habían sustraído un teléfono celular de un local comercial ubicado en calles J.I. y P. de S.R., explicó que al autor del hecho se le había caído el documento de identidad, y lo habían atrapado en cercanías del lugar, en ese momento reconoció que el teléfono sustraído lo había arrojado en calle P.X. y P., lugar donde fue encontrado por una persona que observó el momento en que C. lo arrojó; C. demostrativo del lugar del hecho; Tomas fotográficas; Registro Fílmico de las cámaras del taller situado en P. Nº 1015; A. de declaración testimonial de R.S.H.; A. de reconocimiento y entrega del teléfono celular.-
Por otra parte, en el expediente Nº 74.701 se han reunido las siguientes evidencias: A. de denuncia de J.A.S., quien relató que del local comercial "Remises S.R.", ubicado en calle P. esquina calle 9 de J., de S.R., habían sustraido un billetera de color marrón, perteneciente a J.A.S. que contenía la suma de 2.500 pesos aproximadamente; y que observando las cámaras de seguridad del local se veía al autor del ilícito...

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