Sentencia Nº 70128/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Fecha21 Septiembre 2018
Número de sentencia70128/1
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA Nº 197/2018: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 21 días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho, se constituye el Juez de Audiencia D.A.S.Z. a efectos de dictar sentencia en los expedientes Nº 70128/1 caratulado: "(...) s/ acuerdo de juicio abreviado", relacionado con el expediente Nº 70128, caratulado: "(...) s/ desobediencia en dos oportunidades en concurso real con amenazas simples en tres oportunidades..." y sus acumulados Nº 58252, 56466, y 55021, seguidas en contra el mencionado (...), argentino, casado, empleado provincial, D.N.I. Nº (...), instruido, nacido el día (...), con domicilio en calle (...) y que registra antecedentes penales y;

RESULTANDO: Que conforme surge del legajo de investigación fiscal preparatoria, las partes M.H.S., por el Ministerio Público Fiscal, C.M.S. por la Defensa de oficio del imputado y éste, presentaron un acuerdo de juicio abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.

Asimismo en la audiencia celebrada, se tomó conocimiento de visu del imputado de autos, quien manifestó conocer los términos del acuerdo y prestó su consentimiento, en cuanto al procedimiento de juicio abreviado y la pena acordada.

En la audiencia correspondiente se escuchó además a la víctima de todos los hechos, (...).

CONSIDERANDO: Que a fin de un mejor ordenamiento de las distintas causas, entiendo que corresponde tratar cada una de ellas, por separado, asi:

Expediente Nº 70128 : Conforme la evidencias reconlectadas, se puede recrear el hecho de la siguiente manera: El 6 de octubre de 2017 a las 16,30 horas aproximadamente, (...) se apersonó en el domicilio de su ex-pareja (...), -sito en calle(...)-, con motivo de retirar pertenencias suyas, ante la negativa de (...) a entregárselas se genera una discusión y éste le propina un golpe de puño en la nariz y le dobla con sus manos el dedo pulgar de la mano izquierda, mientras le manifesta "A. sino te voy a matar", momentos en que arriba al lugar personal policial, quienes acuden a raíz del llamado realizado por la damnificada y proceden a aprehender al imputado.

Que las evidencias a valorar para fijar el hecho narrado, son las colectadas durante la Investigación Fiscal Preparatoria y que se consideran aceptadas por el acusado y la Defensa al prestar conformidad al acuerdo y asumir en consecuencia su responsabilidad en los hechos investigados, contando en el presente con las siguientes: Acta de denuncia radicada por (...), ante la Unidad Funcional de Género, N. y Adolescencia UR-I (UFGNA UR-I), de fecha 06/10/2017, Parte de novedades cursado por el cabo de policía M.P. de la UFGNA UR-I, de fecha 06/10/2017, informe médico del Servicio de Sanidad Policial, suscrito por el...

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