Sentecia definitiva Nº 70 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 22-05-2017

Fecha22 Mayo 2017
Número de sentencia70
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 18 de mayo de 2017.
Habiéndose reunido en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, doctores L.L.P., S.M.B., A.C.Z., E.J.M. y R.A.A., con la presencia del señor S.retario doctor E.L., para el tratamiento de los autos caratulados: "SALOMON MIGUEL C/ INSTITUTO PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD (IPROSS) S/ ACCIÓN DE AMPARO S/ APELACIÓN" (Expte. Nº 29076/17-STJ-), deliberaron sobre la temática del fallo a dictar, de lo que da fe el Actuario. Se transcribe a continuación los votos emitidos.
V O T A C I Ó N
La señora J.L.L.P. dijo:
ANTECEDENTES DE LA CAUSA
Llegan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación concedido a fs. 95 en fecha 9 de mayo de 2012, interpuesto a fs. 93/94 y fundamentado a fs. 98/100 vta. por el Apoderado de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro, contra la sentencia de fs. 87/89 de fecha 18 de abril del año 2012 que hizo lugar al amparo ordenando al IPROSS brindar al actor la cobertura al 100% de las prestaciones para atender su patología oncológica.
Cabe advertir que luce a fs. 108 certificación de la Dra. D.P., S.retaria de la Cámara del Trabajo de General Roca, en la que hace constar que las actuaciones han sido halladas en el despacho del Dr. D.J.B. con un proyecto de providencia de fecha de julio de 2012 sin firma; advirtiendo luego la Sra. Vocal de Trámite S., Dra. G.G., que atento a que la parte demandada desde junio de 2012 no instó la elevación de las actuaciones al S.T.J., correspondía correr traslado para que exprese si insiste en confirmar el trámite de apelación. Es así que a fs. 112 la Fiscalía de Estado peticiona se eleven las actuaciones a este Tribunal.
Recepcionadas las actuaciones a fs. 115 por Presidencia se dispuso oficiar al I.Pro.S.S. para que informe sobre el trámite final dado al Expte. Administrativo N° 6666-S-2011 promovido por el amparista M.S. afiliado N° 1-3-14580041/0.
A fs.127 acorde lo informado por la Asesoría Legal del I.Pro.S.S., se requirió a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la 2da.Circunscripción Judicial la remisión del Expediente Administrativo N° 6666-S-2011 que corriera agregado como documental en las actuaciones caratuladas "SALOMÓN MIGUEL C/INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE RIO NEGRO S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO" Expte.N° CADM-180 y copia de la sentencia que se hubiere dictado en dichos autos.
A fs. 129/130 se incorpora copia de la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en lo...

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