Sentencia Nº 6927 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2021

Número de sentencia6927
Año2021
Fecha18 Agosto 2021
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERÍA - CIRC. II - GENERAL PICO

En la ciudad de General P., provincia de La Pampa, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil veintiuno, se reúne en ACUERDO la SALA B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "QUAGLIA, J.A. c/ FRIGORÍFICO TRENEL S.A. s/ DESPIDO INDIRECTO" (expte. Nº 6927/21 r.CA), venidos del Juzgado de Primera Instancia en lo L. Nº 2 - Circ. II.


El Dr. H.A.C., sorteado para emitir el primer voto, dijo:-


1. J.A.Q. promovió demanda laboral contra F. Trenel S.A., por la suma de $ 1.579.464,75 o lo que en más o en menos resultare de la prueba pericial contable, con más intereses y costas. Expresó que comenzó a trabajar para la demandada el 2 de enero de 1994 como personal de ingeniería y que la relación se desarrolló con normalidad hasta que la empresa cedió su personal a la firma F. General P. S.A.. En esa oportunidad, a diferencia del resto del personal, no firmó su conformidad por encontrarse de vacaciones. Al regresar, tomó conocimiento de que a raíz de la cesión se modificaban los horarios de trabajo y los trabajadores debían desplazarse a General P. a prestar tareas. Mediante telegrama solicitó la rectificación de tales condiciones, pero la empresa respondió, contradiciéndose, que no se habían dispuesto modificaciones de horarios ni del lugar de trabajo y que los cambios eran transitorios. Como la respuesta no fue seria y habida cuenta que no había suscripto la cesión, se consideró injuriado y despedido.
F. Trenel S.A. pidió que se rechace la demanda, con costas. Negó los hechos invocados por la actora, pero reconoció la existencia de la relación laboral, la fecha de ingreso y categoría denunciada en la demanda y la cesión del establecimiento a F. General P. S.A.. Dijo que comunicó la cesión a Q., quien luego de un intercambio de comunicaciones se consideró injuriado y despedido.


En la audiencia de conciliación celebrada las partes no llegaron a un acuerdo.


Se abrió a prueba y se produjeron las pruebas detalladas en el certificado actuarial practicado por Secretaría.


Luego de clausurado el período probatorio alegaron ambas partes.


El a quo rechazó la demanda, con costas. Sostuvo que la conducta de Q. "luce en principio apresurada e infundada", que debería haber priorizado la continuidad de la relación y que no se había acreditado la injuria invocada para rescindir...

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