Sentencia Nº 6593 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia6593
Año2019
Fecha10 Diciembre 2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, se reúne en ACUERDO la SALA A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "TAMAGUSKU, A.A.S./ SUCESIÓN AB-INTESTATO" (expte. Nº 6593/19 r.CA), venidos del Juzgado Civil de Primera Instancia N° 3 de esta Circunscripción.


El Dr. A.P.B., sorteado para emitir el primer voto, dijo:
1. En este sucesorio de A.A.T. (partida de defunción de fs. 6) se presentaron sus hijos M. y M.T. (fs. 9/10), y posteriormente se presentó su hija E.T. (fs. 51).


Se dictó la declaratoria de herederos a favor de M., M. y E.F.T., sin perjuicio de los derechos que le correspondan a terceros (fs. 76).
Se realizó la denuncia de bienes (depósito a plazo fijo, salario y liquidación final a percibir por haber actuado como funcionario provincial y dos automotores) (fs. 116). Un automotor se adjudicó a la heredera E. y el otro a los herederos M. y M.; acordando repartirse el dinero en tres partes iguales (fs. 133). La declaración de bienes y la partición privada fue aprobada a fs. 137 mediante providencia dictada el día 04/08/2017, oportunidad en que se nombró como administrador de la sucesión al heredero M.T..


2. Luego de haber abonado la tasa de justicia a la Dirección General de Rentas (fs. 174/176) y las contribuciones a Caja Forense (fs. 162), de conformidad con lo solicitado por el administrador a fs. 160, el tribunal mediante providencia del día 30/10/2017 autorizó que se transfiera la suma de $ 72.450,71 de la cuenta judicial del juicio sucesorio a la cuenta del administrador M.T., transferencia que se concretó el día 31/10/2017 (fs. 173).


3. El día 20/09/2018 un tercero depositó en la cuenta judicial de la sucesión la suma de $ 30.000,00 y el mismo tercero el día 21/09/2018 depositó la suma de $ 40.000,00.
Habiendo transcurrido casi 8 meses desde que se efectuaron esos dos depósitos, a fs. 179 el día 28/05/2019 el administrador solicitó se transfieran de los fondos depositados ($ 70.000,00) a su cuenta personal del Banco Francés, comprometiéndose a rendir cuentas. La magistrada ordenó vista a Rentas y Caja Forense y a los restantes herederos (fs 180).
Se expiden los organismos recaudadores (fs. 181/182), presta conformidad E.T. al retiro de fondos (fs. 185).
Con dichos fondos y por medio de dos libranzas judiciales...

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