Sentencia Nº 6593 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019
Número de sentencia | 6593 |
Año | 2019 |
Fecha | 10 Diciembre 2019 |
Estatus | Publicado |
Emisor | Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina) |
En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, se reúne en ACUERDO la SALA A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "TAMAGUSKU, A.A.S./ SUCESIÓN AB-INTESTATO" (expte. Nº 6593/19 r.CA), venidos del Juzgado Civil de Primera Instancia N° 3 de esta Circunscripción.
El Dr. A.P.B., sorteado para emitir el primer voto, dijo:
1. En este sucesorio de A.A.T. (partida de defunción de fs. 6) se presentaron sus hijos M. y M.T. (fs. 9/10), y posteriormente se presentó su hija E.T. (fs. 51).
Se dictó la declaratoria de herederos a favor de M., M. y E.F.T., sin perjuicio de los derechos que le correspondan a terceros (fs. 76).
Se realizó la denuncia de bienes (depósito a plazo fijo, salario y liquidación final a percibir por haber actuado como funcionario provincial y dos automotores) (fs. 116). Un automotor se adjudicó a la heredera E. y el otro a los herederos M. y M.; acordando repartirse el dinero en tres partes iguales (fs. 133). La declaración de bienes y la partición privada fue aprobada a fs. 137 mediante providencia dictada el día 04/08/2017, oportunidad en que se nombró como administrador de la sucesión al heredero M.T..
2. Luego de haber abonado la tasa de justicia a la Dirección General de Rentas (fs. 174/176) y las contribuciones a Caja Forense (fs. 162), de conformidad con lo solicitado por el administrador a fs. 160, el tribunal mediante providencia del día 30/10/2017 autorizó que se transfiera la suma de $ 72.450,71 de la cuenta judicial del juicio sucesorio a la cuenta del administrador M.T., transferencia que se concretó el día 31/10/2017 (fs. 173).
3. El día 20/09/2018 un tercero depositó en la cuenta judicial de la sucesión la suma de $ 30.000,00 y el mismo tercero el día 21/09/2018 depositó la suma de $ 40.000,00.
Habiendo transcurrido casi 8 meses desde que se efectuaron esos dos depósitos, a fs. 179 el día 28/05/2019 el administrador solicitó se transfieran de los fondos depositados ($ 70.000,00) a su cuenta personal del Banco Francés, comprometiéndose a rendir cuentas. La magistrada ordenó vista a Rentas y Caja Forense y a los restantes herederos (fs 180).
Se expiden los organismos recaudadores (fs. 181/182), presta conformidad E.T. al retiro de fondos (fs. 185).
Con dichos fondos y por medio de dos libranzas judiciales...
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