Sentencia Nº 6541 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia6541
Año2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, se reúne en ACUERDO la SALA A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "P., I. C/ G., C.C.S./ DESALOJO" (expte. Nº 6541/19 r.CA), venidos del Juzgado Civil de Primera Instancia N° 3 de esta Circunscripción.


El Dr. A.P.B., sorteado para emitir el primer voto, dijo:


1. I.P. inició juicio de desalojo contra C.C.G. respecto de la casa habitación ubicada en calle x N° xx, de esta ciudad, cuyos datos catastrales menciona. Dijo que el inmueble se encuentra habitado por la Sra. G., exesposa de su hijo, el Sr. A.P.. Afirmó que la accionada habita el inmueble bajo el pretexto de que su exesposo le habría otorgado el uso del mismo para ella y sus hijas; sin embargo él no puede conceder derechos que no tiene, pues no es el propietario, por lo tanto la demandada está ocupando ilegítimamente el inmueble. Agregó que ella resulta propietaria de un inmueble que identificó ubicado en calle x N° xx. Dijo que él carece de otra vivienda y que se vio forzado a habitar con su hijo perturbando la intimidad y comodidad del grupo familiar de éste. Ofreció prueba. Pidió que se haga lugar a la demanda de desalojo, con costas (fs. 20/22).


Luego de un incidente de competencia negativa (fs. 46/47, 60/65) la jueza se abocó a la tramitación de las presentes actuaciones (fs. 68).


El actor pidió que se declare la causa de puro derecho, por lo que sustanciado el pedido de la actora, así se dispuso (fs. 101).


Alegaron las partes (fs. 110/111 y 112/114, respectivamente), se dio intervención al Ministerio Pupilar (fs. 118).


A fs. 124/128 se agregó el informe de la Unidad local de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes.


La jueza hizo lugar a la demanda de desalojo y condenó a C.C.G. y/o a cualquier otro ocupante a desalojar el inmueble sito en calle x N° xx, bajo apercibimiento de lanzamiento, con costas (fs. 132/137 y 142).


Apeló la accionada (fs. 172). Concedido el recurso en relación y con efecto suspensivo (fs. 173) expresó agravios (fs. 176/177) los que fueron contestados a fs. 179/180.


2. Las principales conclusiones de la sentencia fueron las siguientes: a) La demandada ocupaba el inmueble como consecuencia de un acuerdo homologado en el proceso de divorcio vincular tramitado con el hijo...

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