Sentencia Nº 64984/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Año2017
Número de sentencia64984/1
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº: 23/17 P.A. -SALA "B": En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil diecisiete, se reúne la Sala B del Tribunal de Impugnación, integrada por los jueces F.G.R. y M.F.P., asistidos por la secretaria M.E.G., a los efectos de resolver el recurso de impugnación interpuesto por el defensor de M.J.G. en Legajo N° 64984/1 caratulado: "G.M.J. s/ Recurso de Impugnación" contra la sentencia dictada con fecha 04 de mayo próximo pasado, del que RESULTA:

I.) Que la Jueza de Audiencia de Juicio de la Primera Circunscripción Judicial, E.R. en ejercicio de la jurisdicción unipersonal, mediante sentencia N°97/2017, condenó a M.J.G., como autor material y penalmente responsable del delito de Lesiones leves calificadas por el vínculo en concurso real con amenazas simples, en el marco de violencia de género (arts. 89 en relación al 92 y 80 inc. 1º, 149 bis primer párrafo, primer supuesto y 55 todos del C.P. y Ley N° 26.485), a la pena de un año de prisión de ejecución condicional, sin costas (arts. 355 y 474 del C.P.P.) .

II.) Que contra dicha resolución, el Defensor Oficial P.A. De Biasi interpone, en base a lo previsto el art. 405 inc. 1º en relación con los incisos 1 del art. 400 del Cód. P.. Penal, recurso de impugnación. Funda el mismo en tres motivo, el primero de ellos se asienta en considerar que se ha vulnerado la imparcialidad por parte del juzgador al realizar una pregunta que no es aclaratoria y utilizó como elemento para construir la sentencia de condena. Esto a entender del quejoso desnaturaliza la garantía de imparcialidad del tribunal.

El segundo de los motivos en que se basa la defensa es en considerar que se aplicó erróneamente la ley sustantiva ya que solicita la anulación parcial en lo que hace a la promoción de la instancia privada art. 72 del C.P., considera la defensa que R.P. no quiso formular denuncia penal tal como surge de su propio testimonio y en tercer lugar solicita se absuelva a su defendido por entender que existe el beneficio de la duda, ya que las lesiones que presenta la víctima no se compadecen con las constatadas en el certificado médico ya que refiere que las mismas se ubican en la región maxilar derecha y la víctima dice que fue golpeada en la cabeza y piernas, y en cuanto al delito de amenazas no existe otra prueba independiente que acredite la versión dada por la victima, por lo que solicita la absolución.

III.) Admitido formalmente el recurso deducido, se le dió el trámite previsto para el procedimiento abreviado integrada la Sala en su conformación, pasados los autos a Despacho para estudio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR