Sentencia Nº 63277 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2022

Número de sentencia63277
Año2022
Fecha05 Octubre 2022
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
EstatusPublicado

FALLO Nº 1440 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL - Jueza Unipersonal Dra. M.J.G..
General Pico, 5 de Octubre de 2022.

---VISTOS: Estos autos caratulados:
“MINISTERIO PÚBLICO FISCAL c/N., M.G.S. SEXUAL SIMPLE COMO DELITO CONTINUADO EN CONCURSO REAL CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL -DOS HECHOS- TODO EN CONCURSO REAL”, L. Nº 63277, y;
---CONSIDERANDO:
1.
- Que en mi carácter de Jueza de Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial en ejercicio unipersonal de la magistratura en los términos de los artículos 34 inc. 1º y 341 del C.P.P, he de sentenciar en este procedimiento de Juicio Común, que se siguió por los delitos de ABUSO SEXUAL SIMPLE COMO DELITO CONTINUADO (art. 119, primer párrafo del C.P.) EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL -DOS HECHOS- (art. 119, tercer párrafo del C.P.) TODO EN CONCURSO REAL (art. 55 del C.P.), en contra del acusado M. G. N., DNI N° 28.394.XXX, soltero, nacido el 20/08/1980 en Concarán, S.L., de 42 años de edad, empleado rural, hijo de G. M. y M. G. L., de instrucción primario completo, domiciliado en calle XX XXX de Rancul, Provincia de La Pampa, quien se encuentra en libertad.
Asistió en carácter de Defensor al imputado el Dr. J.A..
Representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio la Dra. A.L.R..
2.- Antecedentes del Caso:
Se inició por la denuncia que realizara P. N.C. el 26/02/2020 ante la Subcomisaría de Abilene, Río Cuarto, provincia de Córdoba, expresando que en 2015 su hija L. T. V., de 15 años, por orden del Juzgado de N., Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, quedó a cargo de una sobrina paterna, y el 13/1/18 se presentó su hermana, N. O., ante el Juzgado para solicitar hacerse cargo de L. y su hija se muda a vivir con ella.
La familia de N. está compuesta por tres hijos y su pareja M. N.. El domingo 23 del corriente la llamó su hermano R. D,C,, quien le dice que le llevaría a su hija L., y que ella le contaría el por qué luego, manifestándole la joven que desde Julio de 2018 aproximadamente, la pareja de su tía, N., abusó de ella con acceso carnal, que no se animaba a contarlo, ni a su tía N., pero sí a su prima N. C., en Diciembre de 2019, y a su vez a su mamá, pero quería esperar a contarle a N. a que tuviera su hijo, ya que estaba embarazada y había perdido dos embarazos anteriormente. El 21/2/2020 a las 00.30 horas L. se escapó de la casa donde vivía en Huinca Renancó y se va con su tío D..
La Fiscalía procedió por Investigación Fiscal Preparatoria.

El día 23/3/22 y 15/6/22, el Juez de Control D.A., tuvo por admitida la Acusación presentada contra M. G. N. en la audiencia prevista por el art. 294 C.P.P..

El Juicio Oral se desarrolló los días 19, 20 y 21 de septiembre del corriente año.

3.- a) Alegatos Iniciales: La Fiscal dijo que iba a acreditar durante la audiencia de debate que sin poder precisar fecha exacta, entre los meses de Julio de 2018 a febrero de 2020, haber abusado sexualmente de L. T. V. C.. Los hechos comenzaron cuando la damnificada tenía 14 años de edad y consistieron en tocamientos en sus partes íntimas por debajo de la ropa, más precisamente en la vagina de la víctima, mientras el imputado se masturbaba hasta eyacular estando arrodillado desnudo al costado de la cama y la besaba en la boca, intentando la menor sacarle la mano, pidiéndole que saliera de ahí. Estas conductas se repetían, aproximadamente, una vez por semana, en circunstancias en que el mencionado dormía en la misma habitación que la menor (en un colchón aparte) con la excusa de que no podía dormir con sus hijos menores y debía descansar. En dos oportunidades, siendo la primera aproximadamente el mes de julio de 2019, en circunstancias en que N. O. (tía materna de la víctima que estaba a cargo de la misma por decisión de la Secretaría de N. de Córdoba) se encontraba realizando unos trámites en la ciudad de Río Cuarto, mientras la víctima dormía en su habitación y los hijos menores de O. estaban durmiendo en otra habitación, N. ingresa a la misma, comienza a tocarle sus partes íntimas, desnudándose y a masturbarse, seguidamente le saca la ropa a L., se coloca encima de ella y comienza a penetrarla con su pene en la vagina sin usar protección, mientras la víctima le decía que saliera de encima de ella, que la dejara o hablaría. En esa oportunidad, la víctima habría perdido su virginidad. La segunda oportunidad, ocurrió en el mes de enero de 2020, en circunstancias en que el grupo familiar había tenido un evento, en el que encontrándose todos durmiendo, incluso la pareja del imputado, éste aprovechó para ingresar a la habitación de la menor para penetrarla vaginalmente. Los hechos ocurrieron en horario de la noche, en una de las habitaciones de la vivienda donde convivían la menor L., junto a su tía N. O. y su pareja M. N. con sus hijos menores, en la localidad de Rancul.
La calificación legal es la de ABUSO SEXUAL SIMPLE COMO DELITO CONTINUADO (Art. 119, primer párrafo del C.P.) EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL -DOS HECHOS- (Art. 119, tercer párrafo del C.P.) TODO EN CONCURSO REAL (Art. 55 del C.P.).

La Defensa manifestó que durante la audiencia de debate demostrará la inocencia de N..

b) Cuestiones preliminares.
Las partes no plantearon cuestiones preliminares.
c) Declaración del Imputado.
Concedida la oportunidad de declarar al imputado, con la salvedad de que si lo hacía era sin juramento de decir verdad, que podía abstenerse sin que implicara presunción en su contra, que podía negarse a responder preguntas y que podía solicitar declarar en cualquier momento del juicio oral, cuantas veces quisiera, el acusado manifestó: que es inocente del delito por el que se lo acusa. Cuando L, vino a vivir con ellos en 2018 ya había tenido problemas en las distintas familias que la tuvieron, por eso no estaba de acuerdo que la llevara a la casa, porque a su padrastro también la acusó de violación, que supuestamente la tocaba, hay una denuncia que había hecho su abuela. Que es camionero y su mujer estaba muy sola la quiso traer a L., discutieron, le dijo que si no la llevaba a vivir a L. con ellos se iba a vivir a G.. Que trabajaba mucho, toda la semana. Estuvo hasta octubre o noviembre. También vivió con ellos el hermano de ella, K. C., también su cuñado C. O.. En la casa tenían dos dormitorios, la pieza más grande era de ella con su cuñado y S., su hijo, en la otra habitación la cama matrimonial con su señora y su hija más chica. Cree que en diciembre se fueron a vivir a H.. Cuando estaba K., que fueron como tres meses, dormía también con ella. Preguntado si recordaba algún evento familiar en principios de 2020 responde que recuerda que en noviembre de 2019 festejaron el cumpleaños de ella y después el cumpleaños de N,, otra sobrina de su señora. Recuerda que fueron toda la familia a ese festejo. Esa noche se quedó el suegro del papá de N. y su pareja, durmieron en la habitación matrimonial, y el dicente y N. con los chicos en un colchón en el piso.
A preguntas de la Fiscal responde que trajeron a L. un fin de año a Rancul, a conocer, y volvieron definitivamente en enero de 2018, cree que fue en esa fecha más o menos.
L. estaba viviendo con una tía paterna. Cree que estuvo desde enero de 2018 hasta febrero de 2020. Una noche la llevó a internar a su esposa a Realicó, para tener familia, que estaba acostado y escucha el ruido de una ventana, un golpazo, por lo que fue a golpear la puerta de la habitación y se dio cuenta que no estaba L., cargó los nenes al auto y salió a buscarla pero no la encontró. Le avisó a su señora y ella se comunicó con su hermano de Quetrequén, ellos ya estaban al tanto, la iban a ir a buscar.
Que no sabe por qué se fue L. de la casa.
Estaba todo bien. Fue todo muy raro, el tema es que ella nunca se quiso ir de Rancul a H., adonde se mudaron porque les habían pedido la casa que alquilaban en Rancul.
Preguntado por qué cree que L. realizó esta denuncia, contestó que no sabe por qué, se quedó frío cuando llegó el papel, no cae, no entiende, no sabe qué decir por qué llegó a decir todo eso, está mintiendo.
No sabe por qué se fue tan enojada, con él o con su señora. Ella le había dicho a su señora que quería volver a vivir a Rancul.
Explica que en su trabajo no tenía horarios fijos, cuando tenía que salir de viaje se ausentaba varios días de su casa.

Que su hijo mayor hoy tiene ocho años, por lo que cuando vivía L. tendría cinco años, la mayoría de las veces vivía con ella.
Su hija L. también dormía con ella a veces, ahora tiene seis años. Si no dormía uno dormía el otro con ella.
En la habitación de L. había dos camas chicas, y un colchón en el piso cuando estaba su hermano.
K. estuvo alrededor de tres meses viviendo con ellos, en 2019, aunque no está seguro. C. cree que fue a vivir con ellos en febrero de 2019 hasta octubre o noviembre de ese año.
Recuerda de la anterior denuncia, que venía viajando desde G., que venía viajando desde R. y lo llama su señora llorando que le había contado L. que su padrastro la había tocado o hecho tocar, L. tendría unos 10/11 años, recuerda que era cerca de mediodía, le dice qué podía hacer, y le contesta que lo tomara con calma porque era delicado, pero al llegar le dice que su mamá, la abuela materna de L., ya había hecho la denuncia en Río Cuarto, no sabe cómo terminó esa causa.

Que en Rancul tenía amigos, novio también tuvo, su señora le contó que se había empezado a ver con un chico, lo vio un par de veces que la vino a buscar en moto, un día L. le dijo que le había pedido ser novios, a lo que contestó que el chico fuera a la casa de día.
En otra oportunidad que regresaron a la casa y estaba un chico en la casa, ella salía de bañarse. El último novio que tuvo fue en Rancul, no recuerda su nombre.
d) Pruebas. Abierto el período probatorio declararon como testigos: 1º) P. N. C., 2º) Reproducción en Cámara Gesell del testimonio de L. T. V. C., 3º) R. D. C., 4º) E. N. C., 5º) Reproducción en Cámara Gesell del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR