Sentencia Nº 62747 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Fecha14 Agosto 2017
Año2017
Número de sentencia62747
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO CIENTO SESENTA DOS/DOS MIL DIECISIETE.- En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los catorce días del mes de agosto de dos mil diecisiete, constituído el Juzgado de Control a cargo de la Dra. M.F.M., a efectos de dictar Sentencia en Expediente/Legajo Fiscal nº 62747, caratulado: “OLIVERA, A.d.C. (damn) s/Hurto”, seguida contra C.I.R., argentino, soltero, de 22 años de edad, lavacoches, con instrucción primaria incompleta, nacido en esta ciudad, el 5 de septiembre de 1994, hijo de L.S.R., D.N.I. nº 38.551.543, domiciliado en A.d.P. nº 1760 de esta ciudad, que registra antecedentes; actualmente detenido, alojado en la Alcaidía de la localidad de General A., Pcia. de La Pampa, y

RESULTANDO: Que mediante Acuerdo rubricado por las partes con fecha 4 de julio de este año, presentado ante la Oficina Judicial con fecha 6 del mismo mes y año, y ratificado en audiencia del día 7 de agosto del corriente año, la Sra. Fiscal interviniente, Dra. L.P., el Defensor Particular, Dr. C.P.F. y el imputado C.I.R., propusieron acuerdo de juicio abreviado, en el cual, el Ministerio Público acusó al mencionado R., de los delitos de encubrimiento por receptación dolosa, agravadopor dedicarse con habitualidad a los hechos de encubrimiento (art. 277 inc. 1º apartado "c" e inc. 3º apartado "c" del Código Penal), por hechos investigados en Legajos nº 63519--que damnifica a V.M.C. y S.G.P.--, 62767--que damnifica a C.B.M.-- y 62790--que damnifica a N.P.--; en concurso real con hurto simple (art. 162 del Código Penal), por hecho investigado en Legajo nº 62747 que damnifica a A.d.C.O..-

Que en cuanto a la pena, se le informó al imputado, que se le solicitará la de un año de prisión, manteniendo su declaración de R., de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal.-

Asimismo, teniendo en cuenta que el mencionado fue condenado por Sentencia nº 117/17 de fecha 31 de mayo de este año, en Legajo nº 63105, a la pena de cuatro años y un mes de prisión, manteniendo su declaración de reincidente, es que solicitan se unifique la pena que aquí se dicte con aquella, y se condene en definitiva a R., a la pena única de cuatro años y cuatro meses de prisión, manteniendo su declaración de reincidencia (arts. 50 y 58 del Código Penal).-

Que surge asimismo de la audiencia realizada con fecha 7 de agosto de este año, la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por el imputado, como por su Defensor, reconociendo el primero la existencia de los hechos que se le endilgan y la autoría de los mismos, expresando su conformidad con la pena que le fue requerida e informada.-

Que en esa misma audiencia, se declaró admisible el juicio abreviado solicitado por la Fiscalía, ordenándose la realización de la audiencia prevista en el 379 del Código Procesal Penal, llevándose a cabo la misma en forma inmediata, prestando en ese acto el imputado su conformidad con lo solicitado por la Fiscalía.-

Que entrevistada la damnificada del Legajo nº 62727, A.d.C.O., y explicada por parte del Ministerio Público Fiscal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR