Sentencia Nº 6249/18 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Año2018
Número de sentencia6249/18
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

?//neral P., 24 de agosto de 2.018.


VISTO: Este expte. Nº 6249/18 (r.C.A.) caratulado "C, R J S/ INSANIA" del que,


RESULTA: que a fs. 577 se presentó la Sra. Defensora en su carácter de representante del Ministerio de Incapaces y solicitó la revisión de la sentencia de Primera Instancia dictada con fecha 27/06/2009, mediante la cual se declaró la incapacidad por demencia del Sr. R J C (DNI N°.... ) en los términos del art. 141 del C.C. derogado.


Con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, el a quo dispuso la adecuación de las actuaciones a la nueva normativa (fs. 609/609v.).


A fs. 649/655 se agregó el dictamen de los peritos médicos forenses D.. M.K. y R.B..


A fs. 702v. se notificó y dio intervención a la Sra. Defensora para que represente al Sr. C.


A fs. 726/730 obra el informe del Equipo Técnico Interdisciplinario conformado según lo establecido en el Acuerdo STJ N° 3516/17.


A fs. 751/752 se realizó la entrevista personal al denunciado conforme lo dispuesto en el art. 35 del Cód. Civil y Comercial.


Finalmente a fs. 753 se ordenaron los traslados previstos por el art. 601 C.P.. La curadora fue notificada a fs. 755. La defensora del Sr. C y la representante del Ministerio de Incapaces se pronunciaron a favor de la declaración de capacidad restringida (fs. 756 y 758, respectivamente).-


La sentencia de fs. 762/768 dejó sin efecto la dictada a fs. 125/126 y declaró la restricción de la capacidad de R J C (D.N.I. n°....), y designó como persona de apoyo a su madre la Sra. M M C (D.N.I ....).


Que el expediente llega a este tribunal a los fines previstos en el último párrafo del art. 602, C.P., y;


CONSIDERANDO: El presente trámite de revisión y revocación de la declaración de demencia desembarca ya ante un nuevo enfoque normativo, es decir, en el cambio de paradigma instaurado por el Código Civil y Comercial en el tratamiento legal de las personas con padecimientos de salud mental, en razón de la aplicación de los tratados internacionales ratificados por el Estado Argentino.


Así, el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación prácticamente reemplaza la declaración de incapacidad por la declaración de capacidad restringida, en el que la persona conserva su capacidad pero se le restringe para un acto o ciertos actos determinados, para los cuales se prevé la adopción de una o varias medidas de apoyo. La función del apoyo será la promoción de la autonomía y la asistencia para la toma de...

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