Sentecia definitiva Nº 62 de Secretaría Civil STJ N1, 07-09-2012

Número de sentencia62
Fecha07 Septiembre 2012
EmisorSecretaría Civil STJ nº1
PROVINCIA: RIO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: CIVIL
INSTANCIA: SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
EXPTE. Nº 25964/12-STJ-
SENTENCIA Nº 62

///MA, 7 de septiembre de 2012.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “NAVARRO ANDRADE, Julián c/GELOSI, Jorge Alejandro Américo s/INCIDENTE DE NULIDAD s/CASACION” (Expte. Nº 25964/12-STJ-), puestas a despacho para resolver; y
CONSIDERANDO:

Que la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 217 del 07 de mayo de 2012, obrante a fs. 70/71, ha concedido el recurso de casación interpuesto por la parte actora a fs. 39/44, contra la Sentencia Interlocutoria Nº 213 de fecha 14 de mayo de 2010, dictada a fs. 30/32 de autos; por la que se resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia de Primera Instancia que desestimó el planteo de nulidad interpuesto por dicha parte.

Ante lo así resuelto el actor interpuso recurso de casación, en el cual señala que la sentencia atacada viola postulados de la Constitución Nacional y de la Provincial en cuanto a los derechos de defensa y de propiedad, además de los principios del debido proceso e igualdad de las parte en el mismo (arts. 16, 17 y 18 C.N. y 22 C.R.N.). Expresa que es arbitraria por carecer de fundamento adecuado e incongruente por omitir el análisis de cuestiones introducidas por su mandante en la causa (arts. 161, inc. 2*, 286 y ccdtes. del CPCyC.).

Seguidamente, sostiene que la sentencia se funda en un sólo argumento enunciado y no desarrollado, consistente en que quien incidenta no fue parte en el juicio de escrituración ni///.- ///.-estaba habilitado para serlo. Alega que si bien no fue llamado al juicio, su parte tenía un interés legítimo afectado e individualiza las defensas de las que se vio privado como poseedor con ánimo de dueño, al promover el incidente. En orden a ello señala que Navarro Andrade, Julián, con título de propiedad e inscripción registral a su nombre podría demandarlo por reivindicación y así perdería su posesión del inmueble frente a un contradictor “con título” a pesar de la forma irregular y fraudulenta en que lo está consiguiendo.

El cuestionamiento introducido por la vía de la nulidad está dirigido a las notificaciones de traslado de la demanda del principal, cuya irregularidad alega, pidiendo que la Justicia Civil las investigue como también a los demás actos procesales consecuentes. Las circunstancias graves a las que alude son el presunto...

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