Sentencia Nº 62/11 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2012

Número de sentencia62/11
Año2012
Fecha02 Mayo 2012
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
Santa Rosa, 02 de mayo de 2012 AUTOS Y VISTOS La presente causa Nº 62/11 (Registro de este Tribunal), caratulada: "NAVAL, R.A. s/ Recurso de Impugnación", originaria Nº 1846/1 de la Oficina Judicial de esta ciudad, caratulada: "NAVAL, R.A. s/ Plantea cumplimiento pena de multa", de la que RESULTA Que a fs. 1/2 vta., el letrado M.P., en su carácter de defensor particular de R.N., en causa Nº 444/04 caratulada: "GARCIA, W.R. y otros s/ Peculado reiterado, cohecho, asociación ilícita" (registro de la Cámara en lo Criminal Nº 1 de esta ciudad), solicita se le tenga por cumplimentada la condena de multa de su defendido con los días de prisión preventiva por los que fuera privado de su libertad durante 110 días, y en función de lo previsto en el art. 21 del C.Penal. Teniendo en cuenta, a su vez, que el señor R.N. ha sido condenado a Un Año de prisión en suspenso, por lo que los días de prisión preventiva no fueron contabilizados bajo ningún aspecto. Que a fs. 5/7 vta., la Cámara en lo Criminal Nº 1 de esta ciudad no hace lugar a la solicitud de compensación de la pena de multa que le fuera impuesta a R.A.N. en la causa Nº 444/04 por la prisión preventiva cumplida en la misma. Que a fs.10/15, el señor defensor particular plantea contra esa resolución, recurso de casación, el cual es concedido por el Tribunal de Ejecución a fs.16 y vta. Que a fs.25/27, el Superior Tribunal de Justicia declara la Nulidad de la resolución de fs.16/vta. y, en consecuencia, devuelve las actuaciones al Tribunal de Ejecución. Que a fs.31, este último Tribunal concede el recurso planteado por la defensa, elevando la causa a esta Alzada. Que a fs. 36/40, el letrado M.P. readecua el Recurso de Casación, oportunamente interpuesto, como Recurso de Impugnación en los términos del art. 429 inc. 1º del C.P.P. En el mismo acto lo mantiene en los términos del art. 424 del mismo cuerpo legal (ambos según Texto Ley 332 y modificatoria 2297). A fs. 50, el señor Fiscal del Tribunal al contestar la vista que se le corriera, considera que el carácter acumulativo que detenta la pena de multa impuesta, con motivo del ánimo de lucro que existió de parte de N. al desarrollar la conducta por la cual fuera condenado, impide la compensación de la multa con los días de prisión preventiva sufrida. La agravante genérica que implica la imposición de la multa, no tiene una función resocializadora y moralizadora como la pena de encierro, sino que directamente persigue la privación de un bien, afectando al...

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