Sentencia Nº 6154/17 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Año2018
Número de sentencia6154/17
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

//neral P.,5 de marzo del año 2.018.


VISTO: este expte. Nº 6154/17 (r.C.A.), caratulado "R.S., R.D. y otro c/ MARSIGLIO, J. y otro s/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y HONORARIOS" y


CONSIDERANDO: Que el art. 251 del C.Pr.C.C. autoriza a esta Cámara a examinar si las apelaciones han sido bien concedidas, si los escritos de fundamentación y contestación fueron presentados en tiempo y forma, y si los recursos han sido otorgados en la forma y con los efectos correctos.


Que la ejecutada interpuso recurso de apelación contra la resolución de fs. 50 (del presente cuadernillo de copias en adelante) dictada durante el trámite de cumplimiento de la sentencia de remate.


Que tal como lo dispone el art. 549 del C. Pr. "Son inapelables, por el ejecutado, las resoluciones que se dictaren durante el trámite de cumplimiento de la sentencia de remate, a excepción de las cuestiones relativas a la liquidación del art. 561".


Que por esta circunstancia corresponde declarar mal concedido el recurso, pues dicha resolución que deniega el pedido de suspensión del presente proceso y de la devengación de los intereses en curso resulta inapelable (cfe. exptes. n° 1203, 1204, 2002, 2721, 3950 y 4080, entre otros, todos r.C.A.).


Las costas de alzada deben imponerse en el orden causado, pues la contestación de fs. 72/75 no se refirió a las cuestiones procesales analizadas, y la decisión se adopta en virtud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR