Sentencia Nº 6151/17 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Fecha12 Marzo 2018
Número de sentencia6151/17
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los doce días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, se reúne en ACUERDO la SALA B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "FUENTES, M.S. y otro C/ SNOW TECH ARGENTINA S.A. S/ DESPIDO (Cuadernillo art. 248)" (expte. Nº 6151/17 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia en lo L. N° 1 de esta Circunscripción.


El Dr. R.M.I., sorteado para emitir el primer voto, dijo:-


1. Antecedentes del caso. M.S.F., I.G.F., G.C.B. y M.L.J. promovieron juicio laboral contra S.T.A.S., por un total de $ 1.299.644,6, o lo que en más o en menos resulte de la prueba. La Dra. L.M.T. suscribió la demanda en el doble carácter de apoderada y letrada patrocinante (escrito de fs. 47/53 del expediente principal que se tiene a la vista).


La accionada contestó la demanda y agregó recibos de sueldo (fs. 101/103), sin perjuicio de pedir nueva notificación en virtud de no haber sido acompañada la totalidad de la documentación aportada por las actoras.-


El juzgado ordenó poner a disposición de la demandada toda la documentación obrante en el juzgado (fs. 104). Sin embargo, al no hallarse la documentación en el tribunal, la jueza dispuso que las accionantes se expidan respecto de los recibos de sueldo adjuntados por la empresa (fs. 108), quienes -mediante su apoderada- los reconocieron (fs. 109).


Antes de celebrarse la audiencia de conciliación fijada (fs. 110), comparecieron las trabajadoras ante el tribunal aquo, patrocinadas por el Dr. G.M., y suscribieron un acuerdo conciliatorio (fs. 111/113), que fue homologado a fs. 114/115.


En este estado se presentó la Dra. L.T., acreditó la revocación del poder por parte de las accionantes (fs. 116/117) y solicitó regulación de honorarios (fs. 118).


La jueza reguló los honorarios en la suma de $ 87.800,00 más el IVA si correspondiere (fs. 119). Apeló la accionada (fs. 135), quien según el convenio obrante en autos asumió en su totalidad la responsabilidad del pago de las costas. Concedido el recurso (fs. 136) se formó cuadernillo por separado en virtud del referido recurso de apelación. La recurrente expresó agravios (fs. 24/25 del cuadernillo N° 55194-A) los que fueron contestados por la apelada (fs. 27).


2. El recurso. Se queja la demandada porque los honorarios regulados a la ex letrada de las actoras resultan...

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