Sentecia definitiva Nº 59 de Secretaría Penal STJ N2, 24-05-2019

Número de sentencia59
Fecha24 Mayo 2019
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 24 de mayo de 2019.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "MEHDI, Carlos José s/Homicidio culposo s/Casación" (Expte.Nº 30100/18 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Ricardo A. Apcarian dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante Sentencia Nº 24, del 11 de octubre de 2018, el Juzgado Correccional Nº 18 de General Roca resolvió -en lo pertinente- condenar a Carlos José Mehdi a las penas de dos (2) años y diez (10) meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por siete (7) años, como autor del delito de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor (arts. 45, 84 segundo párrafo, 54 y 94 en función del art. 90 segundo párrafo CP).
En oposición a ello, la defensa del señor Mehdi deduce recurso de casación, que es declarado admisible por el a quo.
2. Agravios del recurso de casación:
El casacionista entiende que el juzgador incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, arbitrariedad y falta de fundamentación de la sentencia condenatoria. Discrepa con la conclusión de que su pupilo ha sido el responsable de la causa eficiente del hecho investigado y, en tal sentido, cuestiona los resultados de la pericial accidentológica toda vez que entiende que, si el vehículo conducido por su pupilo hubiera sido embestido perpendicularmente por el otro, no habría sido desplazado hacia la sub-banquina.
A ello añade que el testigo Carlos Alberto Urrutia -acompañante del imputado- afirmó que este tomó todas las precauciones del caso para cruzar la ruta y doblar hacia la localidad de Ingeniero Huergo. Entonces, prosigue, su vehículo ya se encontraba sobre la ruta, circulando por su mano, cuando fue embestido desde atrás por el utilitario, cuya velocidad era excesiva.
3. Hechos reprochados:
El a quo tuvo por acreditado que el 13 de febrero de 2016, siendo las 21:45 aproximadamente, en circunstancias en que Carlos José Mehdi, en compañía de tres personas más, circulaba con su automotor Seat Córdoba por calle Vintter de norte a sur y, al llegar a la intersección con la ruta nacional Nº 22, se introdujo en esta vía principal con una maniobra antirreglamentaria, por lo que produjo la colisión con la Renault Traffic conducida por José M.A. González, a consecuencia de lo cual perdió la vida una de las acompañantes del imputado y otras personas sufrieron...

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