Sentencia Nº 584/10 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2013

Fecha13 Noviembre 2013
Año2013
Número de sentencia584/10
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
TIP-13-584.10-13.11 PRISION PREVENTIVA- Plazo de duración: plazo de duración de la prisión preventiva, cuando se ha dictado sentencia condenatoria, “mientras tramita la impugnación deducida” [] 1 [Con relación al planteamiento respecto a si, encontrándose la causa en trámite casatorio por ante el Superior Tribunal de Justicia, por recurso deducido por la Defensa, el término establecido en el párrafo quinto del art. 251 del C.P.P., relativo a la duración de la prisión preventiva resulta de aplicación, el Dr. R. en minoría en acuerdo plenario entendió que] ... cuando la norma habla de "impugnación", indudablemente se alude a los recursos que nuestro ordenamiento procesal concede a la defensa para agraviarse de la condena impuesta, encontrándose entre ellos, la casación.- [...] no me caben dudas, que cuando se alude a "la impugnación deducida", no solo se alude al "recurso de impugnación" interpuesto ante este Tribunal, sino también al de casación que se puede interponer ante el Superior Tribunal de Justicia, e incluso eventualmente, el extraordinario federal (concedido), ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.- El término "impugnar", no podemos circunscribirlo exclusivamente a un tipo de recurso (ante este Tribunal), ya que el significado que debe dársele al mismo (diccionario Español - WordRefernce.com) es: "Combatir, contradecir, refutar con un recurso algo que se cree erróneo o ilegal. Impugnó el fallo del tribunal", nos da cuenta el alcance que se le debe dar a dicho término establecido en nuestro ordenamiento procesal en la norma en análisis [...], también dicha terminología (impugnar-impugnación), es la que doctrinariamente se utiliza para cualquier tipo de "recursos". En este sentido y a modo ejemplificativo en la Revista de Derecho P.esal Penal (2013-1), dirigida por E.D., se trata el tema "Vías de impugnación en el proceso penal. Nuevas Tendencias y cambios de paradigma-I".Es decir, el término "impugnación" abarca cualquier tipo de recurso interpuesto por las partes. (voto en minoría Dr. R.) C., M. s/ solicita cese de prisión preventiva – 13.11.2013-- Legajo n 584/10 [TIP] (Acuerdo plenario R.-F.-B.-F.) PRISION PREVENTIVA- Plazo de duración: plazo de duración de la prisión preventiva, cuando se ha dictado sentencia condenatoria, “mientras tramita la impugnación deducida” [] 2. De la misma redacción del quinto párrafo [del art. 251 del C.P.P.] ..., se desprende que el legislador ha establecido, hasta el dictado de una sentencia condenatoria, el plazo de un año y, siguiendo la posibilidad de ejercer el imputado su derecho al recurso, amplía dicho término en tres meses más "mientras tramita la impugnación deducida". Así, la mención de dos hitos del proceso de inmediata sucesión -sentencia condenatoria y recurso de impugnación- habla, a mi entender claramente, que la ley ha establecido dicho plazo sólo hasta alcanzar la "doble conforme", situación procesal a la que el Estado argentino se ha obligado mediante la incorporación de pactos internacionales que ello así lo establecen. Además, la redacción en singular de frase arriba transcripta -"mientras tramita la impugnación deducida"- revela que sólo se refiere el plazo máximo de duración de la prisión preventiva al que insuma la tramitación y resolución del recurso de impugnación contra sentencia definitiva, previsto en el Título III del Libro Cuarto del código formal. No comprende dicho plazo la sustanciación y resolución de los eventuales recursos extraordinarios, tanto locales como federales, que puedan ser interpuestos contra lo decidido, operada ya la doble conforme, mediante la resolución del remedio, ordinario, de la impugnación. [...] Ya ese lapso se perfila, hasta el agotamiento de la doble conforme, como exiguo, en función de criterios adoptados por la Comisión Europea en los casos N., Wemhoff, S. y M., fundamentalmente el que hace a calibrar lo razonable de la duración del proceso en función de la infracción imputada y la pena impuesta, a resultas del doble conforme. (voto Dra. F.) C., M. s/ solicita cese de prisión preventiva – 13.11.2013-- Legajo n 584/10 [TIP] (Acuerdo plenario R.-F.-B.-F.) ACUERDO PLENARIO: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los trece días del mes de noviembre de dos mil trece, se reúne en pleno el Tribunal de Impugnación Penal, integrado por los señores jueces F.B.R., V.E.F., P.B. y C.F., asistidos por la señora secretaria M.E.G., a fin de resolver el recurso de impugnación planteado por el señor Defensor General H.L.V. contra una resolución de la Audiencia de Juicio de la Primera Circunscripción Judicial en Legajo n 584/10, caratulado: "., M. s/ solicita cese de prisión preventiva", procedente de la Oficina Judicial de la Primera Circunscripción Judicial, del que RESULTA: Que con...

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