Sentencia Nº 5689 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2022

Número de sentencia5689
Año2022
Fecha25 Abril 2022
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
EstatusPublicado

FALLO Nº 1399 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL - Jueza Unipersonal Dra. M.J.G..
General Pico, 25 de Abril de 2022
---VISTOS: Estos autos caratulados: “MINISTERIO PÚBLICO FISCAL c/ SEIVAL, L.E.-.G., E.D.S.I. y LESIONES LEVES EN CONCURSO REAL”, L. Nº 5689 y;
---CONSIDERANDO:
1.- Que en mi carácter de Jueza de Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial en ejercicio unipersonal de la magistratura en los términos de los artículos 34 inc. 1º y 341 del C.P.P, he de sentenciar en este procedimiento de Juicio Común, que se siguió por el delito de APREMIOS ILEGALES EN CONCURSO REAL CON LESIONES LEVES y en forma alternativa por el delito de VEJACIONES EN CONCURSO REAL CON LESIONES LEVES (arts. 144 bis inc. 2°, 89 y 54 C.P.) en contra de los acusados E.D.G., DNI N° 33.998.747, de 32 años de edad, nacido el 14/06/1989 en Santa Rosa, soltero, empleado policial, hijo de J.R. y A.B.C., de estudios secundarios completos, domiciliado en Avenida A.B. esquina 19 de la localidad de Victorica, provincia de La Pampa, y L.E.S., DNI N° 39.932.018, de 25 años de edad, nacido el 22/01/1997 en Santa Rosa, soltero, agente de policía, hijo de F.C.A. y de M.P.S., de estudios secundarios completos; domiciliado en Calle Alvear Nº 177 dpto. 2, piso 2 de la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa; quienes se encuentran en libertad.
Asistieron en carácter de Defensores de los imputados los Dres. B.V. y M.P.. Representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio, el Dr. A.A..
2.- Antecedentes del Caso:
Se inició el día 25/7/2020, a las 20 horas, por la denuncia que realizara M.J.C., en dependencias de la Comisaría de la localidad de V., manifestando que alrededor de la medianoche del día anterior ingresó a su casa su hijo F.B. con el rostro ensangrentado, quien le explicó que había sido agredido por la policía en la esquina de calle 5 y Avenida A.B., cuando estaba fumando un cigarrillo. Que eran dos policías, uno rubio con brackets en su boca y el otro, de tez morocha y robusto. Lo agredieron físicamente, preguntándole por un auto rojo.
La Fiscalía procedió por Investigación Fiscal Preparatoria.
El día 5/8/21, el Juez de Control, Dr. C.R.E., resolvió admitir la acusación y disponer la apertura de juicio respecto de E.D.G. y L.E.S. y se realizó el ofrecimiento de las pruebas (art. 294 C.P.P).
El Juicio Oral se desarrolló los días 4, 5 y 7 de abril del corriente año.
3.- a) Alegatos Iniciales: El Fiscal dijo que iba a acreditar durante la audiencia de debate que entre la hora 23:30 del día 24/07/2020 y la hora 03:30 del día 25/07/2020, en circunstancias que F.A.B.C. salió a fumar un cigarrillo a la vereda de su domicilio, el cual se halla ubicado en calle 5 Casa 52 de V., ambos acusados llegaron a bordo de un patrullero de la comisaría de aquella localidad, descendieron con sus rostros semicubiertos con "cuellitos" o barbijos, se colocaron uno por delante y otro por detrás y le preguntaban "dónde está el auto" -por un episodio por el cual F.B.C. habría sido interceptado ese mismo día, horas antes, a bordo de un automóvil Ford Ka frente al local comercial "Nueve Lunas", sito en calle 15 entre 14 y 12 - y haberlo agredido físicamente ocasionándole una escoriación en rostro en pómulo izquierdo, región bucal y mentón, pieza dental superior rota y lesión en labio inferior interno tipo hematoma.
La calificación legal es la de A.I. en Concurso Real con Lesiones Leves y alternativamente, Vejaciones en Concurso Real con Lesiones Leves (arts. 144 bis inc. 2°, 89 y 54 C.P).
La Defensa por su parte expresó que iba a demostrar durante la audiencia que en la presente no existen elementos que vinculen a sus defendidos con el hecho, por lo que habrán de solicitar oportunamente su absolución.
b) Cuestiones preliminares. Las partes no plantearon cuestiones preliminares.
c) Declaración de los Imputados. Concedida la oportunidad de declarar a los imputados, con la salvedad de que si lo hacían era sin juramento de decir verdad, que podían abstenerse sin que implicara presunción en su contra, que podían negarse a responder preguntas y que podían solicitar declarar en cualquier momento del juicio oral, cuantas veces quisieran, los acusados manifestaron que no era su deseo declarar.
d) Pruebas. Abierto el período probatorio declararon como testigos: 1º) M.J. CUELLO, 2º) F.A.B. CUELLO, 3º) J.E.B., 4º) S.A.M., 5º) L.B.B., 6º) Deicy Carolayn Elen PESCARA, 7º) S.L.V., 8º) J.D.M., 9º) R.M.R., 10º) J.O.F., 11º) F.D.C., 12º) J.M.P., 13º) N.V., 14º) J.E.V., 15º) B.C., 16º) C.L.E., 17º) C.F.C., 18º) B.Z., 19º) G.L.L., 20º) L.A.G..
Los acusados, por medio de sus defensores, solicitaron declarar, manifestando E.G. que recuerda que esa noche era el encargado de turno en la Comisaría, primero cuando patrullaba vio al grupo donde estaba F.B. en el auto Ford Ka rojo en el negocio N.L. y les dijeron que se retiraran, que ya no se podía circular. Volvió a C. y serían las 00.30, volvieron a salir Seival y Z.. A la 1.50 o 2.00 recibió el llamado de una mujer por ruidos molestos, sus compañeros concurrieron y le avisaron que ya habían hablado por la música alta pero agregaron que habían visto de nuevo el Ford Ka rojo conduciendo rápido y dando vueltas, le dijo a uno de sus compañeros que volviera y salió el dicente, quedando Seival en la dependencia. Se subió a la camioneta, V. manejaba, y Z. atrás. Los siguieron dos o tres vueltas, andaban fuerte, pero como no quería que chocaran o volcaran, le dijo a su compañero que “bajara la pata”, que lo deje. Se queda nuevamente el dicente en comisaría y se va Seival, recorren. A las 4.30 o 5 de la mañana vuelve Seival, después le mandan la foto del auto, V. se la manda, y por eso hace la infracción, que dejó “abierta”, V. le pasaba los testigos M., F.. Recordó que su turno había comenzado 19.30 hs. y había un detenido que estaba en buzón, por lo que lo dejaban salir al baño. Lo que dijo F. no es cierto, incluso lo podría haber ido a buscar a M. en ese mismo momento y no lo hizo. A veces se hace, que el testigo firme después, al día siguiente. En relación a la hora 1.40 fue un error suyo, puso una hora aproximada y se equivocó, sabe que fue un error, porque la presencia fue después del llamado de la señora por ruidos molestos, fue a eso de las dos de la mañana, las cosas fueron después de esa hora. En ese turno no había personal femenino. De la casa de la señora, en la 26 entre 9 bis y 7, regresó a la comisaría. A la foto se la enviaron como a las 4.30 o 5 horas. 12.30 salió y quedó Seival en Comisaría, volvió a la dependencia y salió Seival. Vieron el auto Ford Ka después del llamado por ruidos molestos de la mujer. A la multa la hizo a las 5 de la mañana en comisaría, pero lo puso a M. de testigo porque su compañero V. se lo había dicho. El único contacto que tuvo con B. fue en el local N.L.. A preguntas del Fiscal respondió que si bien hizo averiguaciones sobre lo que le sucedió a B. aquella noche, por los golpes, obtuvo comentarios pero no tiene cómo probarlos.
Por su parte, L.S., manifestó que G. era el encargado de turno, estaban Z., G. y V.. Recuerda que V. los llamó para cenar a eso de las 23 horas, a las 00.00 o 00.05 les avisan de B. en Nueve Lunas, van con G. e interceptan el auto, les dicen que eran demasiados para el auto, por lo que se retiran cuatro personas, quedan el dueño del auto y F.B. que manejaba, les dicen que se vayan a dormir porque el horario ya había pasado. Ellos regresan a la comisaría. Siguen recorriendo con Z. y V., serían la hora 1.15, avisa G. de una música alta, van al lugar y se retiran. Observan el auto Ford Ka nuevamente, pero el superior jerárquico les dice que regresen a C., sale V., acompañado por G. y Z., pero no lograron dar con el auto. G. y el dicente quedan en la guardia. Asume también el error al cargar en el sistema, hacía un tiempo que lo hacían en papel y en sistema, era nuevo. Después se enteró que encontraron el auto, por la radio. A preguntas de la Defensa respondió que B. se burló de alguna manera de sus compañeros porque querían detenerlo, se paseó por todo el pueblo mientras le daban la voz de alto. A C. regresó aproximadamente a las 2.30 o 2.40. A lo de la música alta fueron con V., que conducía, Z. iba de acompañante, el dicente iba atrás, y G. era el encargado de Turno, estaba en comisaría.
Se agregó como prueba documental, pericial e informativa por parte de la Fiscalía, 1- Denuncia del 08 de julio de 2020 (corresponde al 25/07/2020), por parte de M.J.C., de 48 años, 2- Declaración/Denuncia testimonial de F.A.B.C., del 25 de julio de 2020; 3- Certificado médico del día 25.07.2020 a las 20:50hs firmado por S.V., del Hospital de Victorica, examinando a F.B.; 4- Actuación SIGELP 2280076 del 26.7.2020 con fotos de las lesiones de F.B.; 5- Acta de Allanamiento y Secuestro del 26 de julio, en Comisaría de V.. Parte de novedades del 24.7.2020 (06 hs) al 25.7.2020 (07 hs) en 2 hojas, Sistema SINPOL, agregados al SIGELP en actuación 2280117; 6- Listado de indicios del 26.7.2020, elaborado por T.. A.E.M.. SIGELP 2285009, con acta de relevamiento pericial efectuado en el lugar del hecho de fecha 26.7.2020 con fotografías (fs.1 a 4); 7- Examen odontológico del 28.7.2020, parte de N.R.H. del Hospital de Victorica de E.D.G., L.E.S., J.E.V., B.Z., cargado a SIGELP 2283083, como prueba J., en respuesta a oficio 22811727; 8- Examen médico, realizado el 27.7.2020 por parte de E.L., del Hospital de V. a E.D.G., L.E.S., J.E.V., B.Z. cargado a SIGELP 2283083, como prueba Jurisdiccional; 9- Acta de Secuestro del 29 de julio de 2020 (11:30 hs), en calle 14 nro. 720 (CEVIC LTDA) oficina de Sistemas. SIGELP 2295387 actas de secuestro de fecha 29/08/2020 filmaciones CEVIC; 10- Acta de Secuestro del 29 de julio de 2020 (16:45hs), en calle Av. A.B. nro. 260 (Mini Market La Adela). SIGELP 2295390 acta de secuestro de fecha 29/07/2020 filmaciones minimarket La Adela; 11- 2 Actas de secuestros de fecha 27/07/2020 de filmaciones de Oficina de control Urbano Victorica y del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR