Sentecia interlocutoria Nº 55 de Secretaría Civil STJ N1, 13-09-2010

Fecha13 Septiembre 2010
Número de sentencia55
EmisorSecretaría Civil STJ nº1
PROVINCIA: RIO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: CIVIL
INSTANCIA: SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
EXPTE. Nº 24765/10-STJ-
AUTO INTERL. Nº 62

///MA, 13 de setiembre de 2010.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “ESTADO NACIONAL s/Queja en: IBANCICH, Julia Segunda c/BANCO HIPOTECARIO S.A. s/ ORDINARIO” (Expte. Nº 24765/10-STJ-), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:

Que por intermedio del presente remedio procesal, se pretende lograr la apertura del recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Ia. Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Viedma, según resolución obrante en copia a fs. 15/17 de estos autos.

Analizando en primer lugar los aspectos formales que habilitan esta vía procesal, deben tenerse por cumplidos en su totalidad, atento las constancias acompañadas y lo manifestado por el recurrente, por lo que corresponde tener por conformada la autosufuciencia requerida e ingresar a merituar si el recurso extraordinario debía haber sido concedido.

Que en orden a los fundamentos expuestos en el escrito de interposición del recurso de casación (fs. 12/13 y vta. de los...

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