Sentencia Nº 54924/0 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Año2017
Fecha15 Marzo 2017
Número de sentencia54924/0
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA Nº 38/2017.

En la ciudad de Santa Rosa capital de la Provincia de La Pampa a los quince días del mes de marzo de dos mil diecisiete, en la Sede de Audiencia de Juicio de esta ciudad, se reúne el Tribunal integrado por los señores Magistrados C.A.B., como P., A.O. y M.A.G. (sustituto) a efectos de dictar sentencia en el legajo 54924 que por el delito previsto en el artículo 79 del Código Penal es seguida a L.A.G., D.N.I. 36.220.778, nacido el 22 de mayo de 1992 en la localidad de Rancul de esta provincia, trabajador de la construcción, hijo de E.G. y de S.P., con instrucción primaria, domiciliado en A.d.P. 1612, esquina Uspallata de esta ciudad.

RESULTANDO:

Que la acusación a cargo del F.O.C. estuvo referida a mantener la que oportunamente se había efectuado, realizando además un relato de los hechos imputando a L.A.G. haber dado muerte a A.R.A.P.M. el día 28 de abril de 2016, a la hora 16.07 aproximadamente, en la vía pública precisamente en la calle A.d.P. entre Suipacha y Uspallata de esta ciudad, infringiéndole una herida punzante en el tórax con un arma blanca, ello en circunstancias en que M. circulaba caminando junto a su pareja B.D. y dos personas más interceptándolo junto a un grupo de masculinos, donde luego de un cruce de palabras le aplicó una herida punzo cortante en la aorta toráxica, ocasionándole la muerte. Se desconocen los motivos hasta el día de la fecha. Dicha circunstancia se encuentra corroborada mediante el informe de autopsia del Médico Forense Dr. J.M.S. de fecha 2 de mayo de 2016 y el acta de defunción incorporada al legajo de investigación fiscal. Calificó el hecho como constitutivo del delito de H.S. (art. 79 del C.) en relación al artículo 45 del mismo ordenamiento, en calidad de autor.

Por parte de la querella el representante de la señora M. Defensor O., se adhirió en un todo a lo manifestado por el F..

En cuando a la defensa ejercida por la Dra. A. manifestó que durante la audiencia a celebrarse se encargaría de demostrar la inocencia de su defendido L.A.G. y solicitará su absolución. En primer lugar porque existió agresión de M. hacia su defendido, agresión que fue concreta y efectiva hacia su vida. Lo que hizo G. fué defenderse. Se dan todos los extremos para configurar legítima defensa.

CONSIDERANDO

Que para resolver el caso planteo las siguientes cuestiones: PRIMERA: Existieron los hechos y fue su autor el imputado? SEGUNDA: En tal caso, qué calificación legal corresponde a ellos, TERCERA: Qué sanción debe aplicarse y si corresponde la aplicación de costas?

Efectuada la deliberación correspondiente y realizado el sorteo, cumpliéndose con lo dispuesto por el artículo 349 del Código Procesal Penal, corresponde emitir el voto al juez sustituto M.A.G. y luego a los jueces A.O. y C.A.B..

El J.M.A. dijo:

PRIMERA CUESTIÓN:

Que efectuada la apertura del debate y oído el Ministerio F., la Querella y la Defensa (artículo 326 del C.P.), se procedió a tomar declaración al acusado y luego a los testigos cuyo cronograma facilitara la Oficina Judicial y al cual se le efectuaron algunas modificaciones relacionadas con el orden de las declaraciones.

El imputado L.A.G., hizo mención a que ese día se encontraba en la esquina A.d.P. y Suipacha con F. y L.P. y paso un automotor Renault 12 color azul con personas que agredían, situación a la que no le prestaran importancia porque siguieron su marcha. Pasado el tiempo aproximadamente media hora observó a cuatro personas que venían agrediendo desde la otra cuadra y se quedaron tranquilos porque no pensaron que eran los del auto. Al llegar al lugar donde estaban se arrimó la víctima M. que sin conocerlo lo agredió, se levantó G. del cordón en que se hallaba sentado y le manifestó a su agresor “pará que yo a vos no te conozco”, pero igualmente M. lo encaró. En ese mismo momento salió para su casa, dándose vuelta para atrás y observando que su agresor sacaba algo de sus ropas y empezó a tirarle puñaladas, siguiéndolo de atrás. Dijo que siempre andaba con cuchillo porque cazaba en el campo y mientras caminaba y se daba vuelta sacó el mismo y se defendió. Observó que M. retrocedía y se fue rumbo a su domicilio. Después se enteró de todo y se presentó en la justicia.

A preguntas que se le formularon por el F. contesto que el auto que pasó cuando él se encontraba en la esquina sentado con sus amigos era un Renault 12 color azul y que le mostraron sus ocupantes, cuchillos, en él iban mujeres y hombres, siendo en horario de tarde entre las tres y media y cuatro. Habría pasado media hora cuando volvieron por la otra cuadra, la cuadra anterior en cuya esquina estaba la policía. Siempre andaba con su cuchillo que era un verijero con mango de asta de ciervo.

G. se defendía de las puñaladas que le tiraba M., pero a esa altura ya iba caminando para su casa porque no quería problemas y además de ello no lo conocía al chico. El no sufrió lesiones porque se iba corriendo defendiéndose para que no lo toque. Estaba en la esquina de Suipacha con M.F. y L.P.. Vio que M. sacó algo de entre sus ropas pero no pudo ver que era, era algo punzante. El se defendía con su brazo derecho y saco su cuchillo con la mano izquierda porque es zurdo. Observó que M. venía con cuatro personas más y que no sabe quiénes eran esas personas. Contestó al señor fiscal que consumía alcohol y fumaba marihuana. Se enteró del resultado del hecho el 28 de abril pero el hecho en sí fue un día antes y cuando supo se entregó. Entre las cosas que mencionó dijo que P.
A. había estado en su domicilio para manifestar que tenía el cuchillo del chico enterrado en el patio de su vivienda, y que se lo decía porque no quería tener cargo de conciencia, aclarando que en el momento que relata se encontraba ya detenido, había pasado cierto tiempo.

A preguntas que le formulara el representante de la Q.M.O., agregó que los del auto pasaron agrediendo pero no le dieron importancia, al ratito vieron que venían cuatro personas a pie, pero no pensó que eran las mismas que circulaban en el auto y no les dijo nada porque no conocía quienes eran. Ese día había tomado vino temprano. Se levantó y se dirigió a su casa no recordando si algún amigo lo acompañó. Los muchachos llegaron en grupo pero solo M. lo agredía, le manifestaba que se levantara a pelear porque había estado varios años preso, que se la aguantaba, y él le respondió que pare, porque no lo conocía. M. le tiraba puntazos al cuerpo y a la cara y los esquivó, porque caminaba rápido, sus amigos no se acercaron a defenderlo porque sólo él lo perseguía. Recordó G. que con su brazo derecho le pego en la mano y con el izquierdo se defendió, le tiró, cuando vió que el chico retrocedió y se fue para su casa. Le tiro un solo puntazo.

A Preguntas formuladas por su Defensora A., refirió que desde donde estaba sentado, a media cuadra, hay un caldén. No recordó que hubieran otros testigos. Dijo que conocía a J.G. porque vive cerca de su casa, pero no la vio en ese momento. No sabe que hacían las otras personas porque se defendía de las puñaladas.

La testigo P.G.A. a preguntas que le formulara el F.C., dijo conocer a M., adujo que eran más o menos las dos de la tarde, llegó a su casa B.D. con M., se pusieron a hablar, era el cumpleaños de él. Ese día entró a la pieza en la que vive y se quedó hablando con ella. M. le contó que iba a la iglesia y B.D. le dijo que tenía problemas con los del Caldén, porque una vez iban caminando con “el Chanchi” y le pegaron una patada pero M. no pudo hacer nada porque no estaba armado. Él había dicho que no les tenía miedo y que quería comprar una torta en La Anónima. A. no quería pasar por el Caldén porque B. D. era provocadora, no sabe porque. Esperaron que llegara B. que era su pareja y salieron todos juntos, y cuando iban llegando todos a la casa de A., estaba n las hijas afuera, saludaron así nomás y a B. se le desataron los cordones, ella siguió caminando y luego se detuvo para esperar a su compañero, observando que se levantaron un montón del caldén eran muchos, como diez o quince, todos con palos y piedras. M. que iba adelante con B. no sabe que les dijo, entonces uno de los que estaba sentado se paró, pero no sabe quién, intercambiaron palabras, ahí fueron todos para el lado de M. y A. les dijo que fuera “mano a mano”, que no se metan. Luego B.D. le dijo “vieja” y cuando la declarante se dio vuelta vio como que le sacaba un fierro del pecho y cayo M.. B. lo dio vuelta al pibe, pero ya se había dado cuenta que estaba muerto. Esta le abrió la camisa y del lado derecho tenía un redondelito donde brotaba sangre. Cuando cayó M., desaparecieron todos, no quedó nadie. A. no observó que llevara algo consigo. Lo conocía por B. su novia, era un buen muchacho, le habló de su iglesia, era callado. B. le dijo que había sido L.G. pero la declarante no lo vio y no lo conoce. B. le comentó que habían pasado con el padre de M. por el Caldén y había agitado a los que estaban ahí diciéndole que estaba todo muy mal “repodrido”, porque ya había provocado una situación. Es por este motivo que A. no quería pasar por ahí. Para ella M. lo atacaran con una faca, como un hierro encadenado, aunque no vio bien. Cree que el pibe se defendió no sabe con qué, primero discutieron, pero no sabe que pasó después. La pelea fue mano a mano. Yo para mí se defendió, el pibe no se con qué pero se defendió.

M.B.D., pareja de M., refirió que pasaron por ahí porque iban a comprar una torta a La Anónima y M. tuvo un intercambio de palabras con G., ahí pasó todo y ahí lo mató. G. se separó del grupo, le dio una puñalada en el pecho a M.. No vio que A. llevara algo consigo. Todo fue muy rápido, fueron segundos. G. lo atacó con un cuchillo de unos veinte centímetros, no era muy chico. Cuando pasaron con el auto no profirieron insultos ni agravios. Había más personas que no sabía de donde eran ni quienes eran le tiraban piedras, eran unas quince más o menos, G. manifestó luego del hecho “que ya se la había dado”. Cuando transcurrió todo, habló con la hermana de G. y esta...

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