Sentencia Nº 5451/2022 de Superior Tribunal de Justicia, 12-05-2023
Fecha | 12 Mayo 2023 |
Número de expediente | 5451/2022 |
Emisor | Tribunal en lo Criminal-Tribunal en lo criminal Nº 3-Vocalía 9 |
Tipo de documento | Sentencias |
En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los doce días del mes de mayo del año dos mil veintitrés, se reúnen en el Recinto de Audiencias del Tribunal en lo Criminal Nº 3, Vocalía Nº 9, los Dres. M.M.N., M.R.P. y A.C.P. ROJAS -Jueces Titulares- bajo la Presidencia del primero de los nombrados, con la asistencia de la Dra. S.A., P.T. de Juzgado y la presencia del Sr. Fiscal del Tribunal Habilitado, Dr. A.B. juntamente con el Sr. Fiscal D.C.; los Dres. M.V. y L.R.F. (Querellantes - Consejo de la Mujer), el Dr. M.P.J.(.P., en representación de la Sra. M. C. C. y J. J. R., de la Dra. S.R.C., quien ejerce la defensa técnica del imputado T. E. F., de los Dres. G.R.R. y M.A.R., defensor y Co-defensor del imputado R. A. C. y los Dres. A.M.V., y S.J.C. defensores del imputado A., E. M., y con el objeto de proceder a dictar sentencia conforme lo dispuesto por los Arts.432 y 433 del Código Procesal Penal, Ley 5623, en Expte. Nº 5451/22, caratulado: “F., T. E. p.s.a. Homicidio Triplemente Agravado por el Vínculo, por A. y de una Mujer Cuando el Hecho sea Perpetrado por un H. y Mediare Violencia De Género y C., R. A. y A., M. E. ALIAS “F.” p.s.a. Homicidio Doblemente Agravado por A. y de una Mujer Cuando el Hecho Sea Perpetrado por un Hombre y Mediare Violencia de Género. Palpalá”.
La Sra. VOCAL MARÍA M.N., dijo:
Viene requerido a Juicio:
1) T. E. F., DNI Nº…, nacionalidad argentina, de 16 años de edad, apodado “T.”, estudiante, cursando secundaria, nacido el día 18/11/2003 en la ciudad de San Salvador de Jujuy, hijo de R. C. F. y de G. E. B., con domicilio real en… es una esquina del Barrio Antártida Argentina de la ciudad de Palpalá, no recuerda el número de línea claro a nombre M. C. F.
2) R. A. C.: DNI Nº… nacionalidad argentina, 40 años de edad, estado civil casado, oficio albañil y chofer, alfabeto con domicilio en calle… del Bº Constitución de la ciudad de Palpalá, nacido el día 02 de Febrero del año 1980 en la ciudad de San Salvador de Jujuy, hijo de R. S. C. y de M. V., teléfono fijo Nº...
3) E. M. A., DNI Nº…, nacionalidad argentina, 28 años de edad, estado civil soltero, jornalero, alfabeto, con domicilio en calle… del Bº Constitución de la ciudad de Palpalá, nacido el día 4 de Enero del año 1992 en la ciudad de San Salvador de Jujuy, hijo de N. O. A. y de C. N. V.
Conforme al requerimiento de Elevación de la Causa a Juicio, (fs. 2070/2104 y vlta.) los hechos objeto de la acusación, han sido descriptos de la siguiente manera: “Que en fecha 23 de septiembre del año 2020 pasadas las horas 19:10 en circunstancias en que el inculpado T. E. F., tras pactar encontrarse con I. S. R., con quién mantenía una relación sentimental, fue al encuentro con la misma, junto a los inculpados R. A. C. y M. E. A., alias “F.”, quienes se encontraban a bordo de un vehículo marca Fiat Palio color rojo de cinco puertas, sin dominio colocado, circunstancia en la cual captaron a la menor I. S. R. de 16 años, quien se encontraba a bordo de su bicicleta marca GRIMBOM RODADO 26 DE COLOR NEGRO CON VERDE, en las inmediaciones del Bº San José de la ciudad de Palpalá, subiendo por la fuerza a la menor al vehículo en el que se encontraban los encartados; para posteriormente ya siendo la madrugada del día 24 de septiembre del año 2020, los imputados T. E. F., R. A. C. y M. E. A. alias “F.” ejerciendo todo su poder en relación a una víctima mujer a la que intimidaron y trataron con feroz violencia, procedieron a atarla de pies y manos, dejándola indefensa, aprovechando ese estado de indefensión como su superioridad física, demostrando un total desprecio hacia su género femenino, fue que procedieron los encartados F., C. y A. a estrangular a I. S. R. con un lazo, hasta que la misma perdió la vida a causa de una ANOXIA ANÓXICA POR ESTRANGULAMIENTO A LAZO. Para posteriormente los encartados T. E. F., R. A. C. y M.E.A.a.“., arrojar el cuerpo sin vida de I. S. R., en las inmediaciones de un descampado situado entre calles Valle Grande, Av. M.d.P.B. y Puesto del M. del Barrio Antártida de la ciudad de Palpalá, donde con fines de ocultar, alterar y hacer desaparecer los rastros del Femicidio cometido intentaron prenderle fuego al cuerpo de I. para después enterrarla, dándose a la fuga, dejando el vehículo en el que se movilizaban en Av. Puerto Madryn del Bº Antártida Argentina de la ciudad de Palpalá. Mientras que, el encartado T. E. F. sustrajo el teléfono celular y la bicicleta de la víctima R., para posteriormente entregarle los mismos a D. F. para que éste los vendiera”.
A tenor del orden de tratamiento que impone el art. 431 del C.P.P., corresponde la valoración y fundamentación de los actos de debate en el siguiente orden:
En oportunidad de llevarse a cabo la Audiencia de Debate de la presente causa, luego de escuchar la lectura del hecho ilícito por los que vienen acusados los imputados, se les hizo saber los derechos y garantías que lo amparan durante su juicio, tras lo cual T. E. F., R. A. C. y M. E. A., amparados en los derechos y garantías constitucionales que le asisten, se abstuvieron de declarar.
Ante este Tribunal, declaró en primer término, la madre de la víctima Sra. M. C. quien declara que: “Es madre de I. R., el día 23 de septiembre del 2020, ella con su marido estaban trabajando en el negocio, ella había llegado a trabajar y se quedó con su marido terminando de hacer el recado y le preguntó por I. porque se había quedado en su casa con C. su hija menor de trece años y él le dijo que ya la había llamado y estaban tomando el té, y le dijo a su hija que ellos ya iban a ir, ese día terminaron a las ocho menos cuarto más o menos no recuerda bien pero ya estaba entrando la noche, llegaron a su casa, cruzo la puerta y su hija C. le dice “mamá I. ahora salió, mamá y no volvió alguien le mandó un mensaje de texto para entregar un trabajo práctico en la colectora y no volvió mamá ya es tarde”, ella cuando entra a su casa grita I., C., siempre las llama, vio al costado cuando cruzó la puerta, no estaba su bicicleta, era de color verde y le preguntó a su hija “¿quién la llamó? ¿quién le mandó mensaje? y le dice “no sé mamá ella recibió el mensaje y salió”, ella comenzó a gritar porque I. siempre avisaba para dónde iba, si iba al negocio de al lado siempre pedía permiso para sacar fiado, si iba a dos casa a comprar pollo les avisaba a ella o a su papá “papá voy a salir a comprar milanesa de pollo o albóndigas de pollo”, I. siempre les avisaba, ellos llamaban al celular y también al teléfono fijo para constatar que estaban en su casa, le dijo en ese momento a su marido “anda F. en la colectora” él salió corriendo, en eso ella seguía preguntando a C., le pedía que recuerde quién le mandó mensaje y su hija le respondía “no se mamá, no sé, salió, puso en su mochila la carpeta y su billetera”, en la billetera siempre llevaba su documento porque en ese momento (por la pandemia) salían por números de documentos y le preguntó a C. si quería comer algo que le iba a comprar alguna golosina y C. estaba afligida porque I. no venía y no venía, en eso le suena el celular y su marido le dice “no hay nada acá, no hay nadie, ella agarró, y le dijo “ándate ya a la Brigada a poner la denuncia, no hay que esperar”, ahí no más llamó al remisero que los había dejado, se dio la media vuelta. Ella le dijo a su marido “escúchame me voy a la casa de un diputado a buscar ayuda para que busquen más rápido”, llegó el remisero y se fue a la casa del diputado C.A., su marido se había ido a la brigada, cuando llegó a la casa del diputado tocó la puerta gritaba que la ayude y él le dijo “que te pasa, tranquilízate” y ella le contestó “se robaron a mi hija, se robaron a mi hija” le volvió a pedir que se tranquilizara que la iba a acompañar, subieron a la camioneta y se fueron a la Brigada, a todo eso ella tenía un primo que era C., dice era comisario porque ya se jubiló es C.C., ella lo llamó y le preguntóo que tenía que hacer que se robaron a su hija y él le dijo pone la denuncia en la Brigada y que no se aflija que se iban a mover, llegó a la Brigada con el diputado, y su marido ya estaba adentro con el C. haciendo la denuncia, ella gritaba en la puerta y una oficial le convidó agua para que tranquilice, el diputado le decía que se tranquilice y que tome agua, que él iba a hablar con el fiscal que estaba de turno, él agarró su teléfono y comenzó a llamar, ella entró a la comisaría con su marido y el C. les preguntaba si no habían discutido, retado o pegado, si tenía noviecito, que recordarán quienes eran sus amigas, ella sabía que su hija I. en ese momento tenía tres amiguitas que estaban desde primer año, una de ellas se llamaba C. y la otra I., eran amigas de confianza de su hija y le dijo al comisario quienes eran sus amigas C.e.I., el comisario le dice que si no había otra situación por la que se fue su hija, que recuerde, ella le dijo que su hija estaba indispuesta y el otro Oficial le hizo cara de asco, entonces el comisario le dijo que volviera a su casa, ella le preguntaba si ya la iban a salir a buscar, ella les pedía por favor que la salgan a buscar porque su hija no era de hacer esas cosas, el comisario le pedía que se tranquilizara y que ya iban a salir a buscarla, que use las redes sociales para informar la desaparición de su hija I.L. a su casa y empezó a mandar mensaje de texto, audios a todo el mundo, en todas las provincias que tenía amigos y familiares, para ella se estaban robando a su hija de la provincia, llamaba a uno a otro que por favor pongan y saquen y los ayude a buscar a I., empezó a llamar a su familia. Esa noche su marido también salió a hacer recorrido, ella se quedó en su casa por si venía la policía, no sabe qué hora era pero llegó su sobrino M. B. y le cuenta que le había dicho una chica que vive a la vuelta de su casa que capas se había ido con el noviecito el “T.”, ella no sabía que su hija tenía noviecito, le decían el “T.”, ella lo habla al C. y llegó a su casa y fueron a...
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