Sentencia Nº 5371/14 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2014

Número de sentencia5371/14
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil catorce, se reúne en ACUERDO la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "S C/BJ y otro S/MEDIDA PREVENTIVA URGENTE" (expte. Nº 5371/14 r.C.A.), venidos del Juzgado de la Familia y del Menor de esta Circunscripción El Dr. A.P.B., sorteado para emitir el primer voto, dijo I. a) S promovió el presente proceso contra JB y CB en los términos de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres; y en honor a la brevedad, es oportuno remitirse a la sentencia dictada por esta Cámara a fs. 51/54 (expte. n° 5131/13 r.C.A.), donde se detallaron minuciosamente los antecedentes del caso y se dispuso que el Juzgado de la Familia y D.M. era competente para entender únicamente respecto del demandado JB Vuelve ahora la causa en apelación respecto de la medida preventiva urgente ordenada por el a quo a los demandados del "cese en todo acto de intimidación y/o perturbación que afecte la integridad psicofísica de la actora" (fs. 27 del 18/02/2013) b) CB y JB apelaron la decisión a fs. 81 y 91, respectivamente; el a quo concedió ambas apelaciones en relación y con efecto devolutivo a fs. 82 y 128; el primero expresó agravios a fs. 93/94 y el segundo a fs. 131/133 y la actora los contestó a fs. 104/105 y 135/136, respectivamente II. Conforme a lo señalado, sólo corresponde decidir si se debe o no mantener la medida preventiva provisoria dispuesta en el quinto párrafo de la providencia de fs. 27. 1. El recurso de CB: a) admite que la actora vivió en concubinato largos años con su padre JB del que se separó hace más de dos años; dice que S siempre fue de carácter agresivo, y que al principio la relación fue llevadera, pero luego su trato con ella se limitó al mínimo e indispensable porque el vínculo se tornó difícil, más aún luego de la separación de su padre. Relata actitudes agresivas y de amenazas de la actora hacia su persona, su madre y familia que dice haber sufrido incluso en la vía pública. Expresa que, si bien esta Cámara determinó la incompetencia del Juzgado de la Familia y del Menor respecto de su persona, el apelante fue notificado de la medida que hoy apela, y es la única defensa que le otorga la ley que sustenta esta acción. Concluye que no quiere tener ningún acercamiento ni trato con la actora, pero que de...

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