Sentencia Nº 5282-2014 de Cámara Nacional Electoral del 17-06-2014

Fecha17 Junio 2014
Número de sentencia5282-2014
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Unión Cívica Radical – arts.
54 y 58 Ley 26.215 –P. y V.–
Elección 28/10/07” (Expte.
5539/13 CNE)
CÓRDOBA
FALLO N° 5282/2014
///nos Aires, 17 de junio de 2014.-
Y VISTOS: Los autos “Unión Cívica Radical
arts. 54 y 58 Ley 26.215 –P. y V.– Elección 28/10/07” (Expte.
5539/13 CNE), venidos del juzgado federal con competencia
electoral de Córdoba en virtud del recurso de apelación
interpuesto a fs. 170 contra la resolución de fs. 165/167 vta.,
obrando la expresión de agravios a fs. 173/177 vta., su
contestación a fs. 179/180, el dictamen del señor fiscal
actuante en la instancia a fs. 183/186 vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 165/167 vta. el señor
juez federal con competencia electoral resuelve, “1º) [n]o
aprobar [el] informe[] de campaña […] correspondiente a la
elección nacional del 28 de octubre de [2007], [categoría
presidencial] presentado por la […] Unión Cívica Radical[,] 2º)
[a]plicar a[l] [partido] una multa de ciento sesenta y seis mil
quinientos noventa y tres pesos con cuarenta centavos
($166.593,40) […] 3º) [d]isponer la pérdida de los aportes
públicos extraordinarios de campaña, que le hubieren

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR