Sentencia Nº 5040-2013 de Cámara Nacional Electoral del 30-07-2013

Número de sentencia5040-2013
Fecha30 Julio 2013
///
CAUSA: “Actuaciones relativas al
Expte. 589/13, caratulado
‘Saravia, Carlos Humberto s/su
presentación’ s/solicitud de
excusación y recusación planteada”
(Expte. N° 5461/2013 CNE)
SALTA
FALLO N° 5040/2013
///nos Aires, 30 de julio de 2013.-
Y VISTOS: Los autos “Actuaciones relativas al
Expte. N° 589/13, caratulado ‘Saravia, Carlos Humberto s/su
presentación’ s/solicitud de excusación y recusación planteada”
(Expte. N° 5461/2013 CNE), venidos del juzgado federal con
competencia electoral de Salta, para resolver la recusación
planteada subsidiariamente a fs. 7/15 por el señor Juan Carlos
Romero en su carácter de ciudadano argentino y Senador Nacional
por Salta, contra el señor juez federal con competencia
electoral subrogante en dicho distrito, Dr. Julio Leonardo
Bavio, obrando el informe que prescribe el artículo 26 del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación a fs. 18/20 vta.,
el dictamen del señor fiscal actuante en la instancia a fs.
30/31, y
CONSIDERANDO:
1°) Que en la presente causa,
referida a las restricciones de los actos de campaña (cf. art.
31, ley 26.571) para el proceso electoral en curso (cf. Resol.
de fs. 3/6), el señor Juan Carlos Romero –en su carácter de
ciudadano afectado y de Senador Nacional- recusa al magistrado
actuante, solicitando su apartamiento de todo el proceso
electoral, con sustento en que el Senado de la Nación rechazó
el 29 de noviembre de 2012- dar acuerdo a su designación como
juez titular, por considerar que no goza de la “idoneidad que el
cargo requiere”.-

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