Sentencia Nº 5025/12 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2012

Número de sentencia5025/12
Fecha13 Diciembre 2012
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce, se reúne en ACUERDO la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "FUNES, J.A.C.M., F.A.S./ LABORAL" (expte. Nº 5025/12 r.C.A.), venidos del Juzgado L. de esta Circunscripción y existiendo unanimidad (art. 257, C.P..) la CÁMARA dijo 1. J.A.F. inició juicio laboral contra F.A.M. por la suma de $ 31.940,83, incluyendo reclamos por diferencias salariales y horas extras (fs. 37/44). En el mismo escrito de demanda pidió, en carácter de prueba anticipada, el secuestro de una carpeta verde, en cuyo lomo se lee "anticipos", en poder del accionado. Explicó que la relación laboral estaba erróneamente registrada, que parte de la remuneración se le abonaba en negro, que necesitaba acreditar las horas extras cumplidas y que, si no se adoptaba la medida requerida el demandado haría desaparecer la carpeta.- El juez rechazó la petición por considerar que se basaba en conjeturas respecto de la conducta que podría asumir el accionado, que en el proceso laboral rigen presunciones a favor del trabajador y que tiene éste otros medios probatorios para acreditar las horas extras cumplidas. Entendió, en definitiva, que la medida era excesiva y la denegó (fs. 46). – El actor dedujo revocatoria con apelación en subsidio (fs. 47/48), pero el juez rechazó el primer recurso y concedió la apelación (fs. 49). - 2. La resolución resulta apelable en función del juego armónico de los arts. 310, C.P., y 65 inc. g), NJF 986, y el recurso fue bien concedido en efecto suspensivo, por tratarse precisamente de una prueba anticipada.- 3. Las razones expuestas en la resolución de fs. 46 no justifican el rechazo de la medida solicitada. Como bien dice la apelante, el criterio jurisprudencial, compartido por este tribunal, requiere que las horas extras reclamadas se acrediten en forma concluyente, mediante prueba "asertiva, concreta, categórica y convincente", entendiéndose que, en general, la de testigos es de poca utilidad o poco confiable. En la práctica diaria, la mayor parte de los reclamos por este concepto son rechazados, por...

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