Sentecia definitiva Nº 50 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 14-06-2017

Fecha14 Junio 2017
Número de sentencia50
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 14 de junio de 2017.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas:"YANCA, SELVA BEATRIZ C/ SERVICIOS INTEGRADOS BAHIA BLANCA S.A. Y OTRA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY" (Expte. N° CS1-278-STJ2016 // 29002/16-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
El señor Juez doctor Sergio M. BAROTTO dijo:
1.- Mediante la sentencia obrante a fs. 203/206 vlta., la Cámara del Trabajo de la Ia. Circunscripción Judicial con asiento de funciones en esta ciudad -en lo aquí pertinente- hizo lugar a la demanda promovida y condenó a Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. a abonarle a la actora una suma de dinero en concepto de indemnización correspondiente a la enfermedad-accidente, que no supere el mínimo establecido por Resolución N° 006/2015, con más el art. 3 de la ley 26773.
2.- Contra lo así decidido, la parte demandada interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley a fs. 214/232 vlta.. La recurrente funda sus agravios en la aplicación efectuada por el a quo al caso de la Ley 26773, sin haberse pronunciado sobre la inconstitucionalidad del art. 17 inc. 5 de la misma normativa, que veda la retroactividad. Alega violación del principio de congruencia, del art. 3 del C.Civil y del derecho de propiedad previsto en nuestra ley fundamental. Considera que los principios de progresividad y de la norma mas favorable al trabajador deben hallar un freno en la seguridad jurídica y las razones de subsistencia del sistema de riesgos del trabajo.
Señaló asimismo que el Superior Tribunal de Justicia ha decidido acerca del rechazo de la aplicación retroactiva de la Ley 26773 en los precedentes "REUQUE"; "MARTINEZ" y otros. Como asimismo la Corte Suprema de Justicia Nacional, en el mismo sentido se expidió en "Recurso de Hecho deducido por la demandada en la causa Expósito, Dardo Luis c/ Provincia ART S.A. s/ Accidente - Ley especial" (7.06.2016).
3.- Sentado lo que antecede, cabe referir que las cuestiones planteadas en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en examen, en tanto la enfermedad-accidente tuvo su primera manifestación invalidante en fecha 16.04.2012, bajo la vigencia del decreto 1694/09, resultan sustancialmente análogas a las consideradas y decididas por este Superior Tribunal/ ///
de Justicia en los autos: "REUQUE, LUCIA DEL ALBA C/ SOCIEDAD ANÓNIMA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA Y OTRA S/ SUMARIO M 2401 11 S/ INAPLICABILIDAD DE LEY" (Expte Nº 26842/13-STJ), pronunciamiento de fecha...

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