Sentencia Nº 45765 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia45765
Fecha08 Junio 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Sentencia número ciento veinticuatro /dos mil diecisiete.
En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete, constituido el Juez de Control N.D.R., a efecto de dictar sentencia en el expediente Nº 45.765 caratulado “M.P.F. C/Ganora, S.R. y otros S/Robo”; y sus acumulados Nº 54.835, 56.724, y, 51.132; seguido contra (...) , del que;
Resulta: Que mediante acuerdo rubricado por las partes, el fiscal interviniente, doctor F.B.D.; la defensora oficial en lo Penal, Dra. M.A.; junto con el imputado; y, la Asesora de Menores, Dra. G.M.; propusieron juicio abreviado, en el cual el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el accionar de (...) como constitutivo de los delitos de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda (artículo 167, inciso 2, del Código Penal); robo simple (artículo 164, del Código Penal); robo simple en grado de tentativa (artículos 164 y 42, del Código Penal); y, encubrimiento por receptación dolosa (artículo 277, inciso 1º, apartado c), del Código Penal); todo en concurso real (artículo 55, del Código Penal). En cuanto a la pena, en consideración a la naturaleza del hecho, las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión, las condiciones personales del imputado, y la edad del mismo; solicitaron que se declare la autoría y responsabilidad de (...) ; sin costas (artículo 355, ley nacional Nº 22.248 T.O. 22.803; y, ley provincial Nº 1.270). Surge a su vez de la audiencia realizada, la conformidad prestada a la solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal, tanto por el imputado, como por su defensor y la asesora de menores, reconociendo (...) , la existencia de los hechos por los que se lo enjuicia, como su autoría, y;
Considerando: Que en el desarrollo de las actuaciones se han incorporado los siguientes elementos de prueba: parte de novedades cursado por el Cabo Primero F.O.; actas de secuestro de elementos sustraídos; tomas fotográficas de elemento sustraído y del local comercial “El Matrero”; parte de novedades cursado por el Cabo A.G.; croquis demostrativo del lugar del hecho; acta de declaración de L.V.; acta de reconocimiento; acta de entrega definitiva; Informe del Registro Nacional de Reincidencia; e, informe de la división Criminalística -Sección Rastros y Cotejo-, de la policía de La Pampa; todo lo cual permite tener por acreditado los hecho, y recrearlos en los siguientes términos: el día 10 de agosto de 2015, entre las horas 05:30 y 06:00 aproximadamente, en local comercial "El Matrero" sito en calle P. Nº 86 de esta ciudad, previo ejercer fuerza sobre la reja y...

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