Sentencia Nº 44673 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia44673
Año2019
Fecha09 Septiembre 2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº 1149 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL - J. Unipersonal: Dr. M.L.P.

General Pico, 9 de septiembre de 2019.

L.N.. 44673

---VISTO:

---Este legajo caratulado: "MINISTERIO PÚBLICO FISCAL c/TORTONE, S.H.E.R., L.R., C.L.; C., G.D. s/ ROBO AGRAVADO", y;

---RESULTANDO:

---I) Que los días 26, 27 y 28 de agosto y 02 de septiembre del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación del suscripto se llevó a cabo audiencia de debate oral en el L. N.. 44673, caratulado: "MINISTERIO PÚBLICO FISCAL c/TORTONE, S.H.E.R., L.R., C.L.; C., G.D. s/ ROBO AGRAVADO", contra G.D.C., D.N.I Nº 39.941.215, argentino, nacido el 04/11/1996 en General Pico, Provincia de La Pampa, de 22 años de edad, soltero, chapista, de estudios secundarios incompletos, hijo de G.J.C. y de E.M.S., domiciliado en calle 25 Nº 1785, de esta ciudad; S.H.E.T., D.N.I Nº 37.818.069, argentino, nacido el 09/12/1993 en Rosario, Provincia de Santa Fe, de 25 años de edad, soltero, changarín, de estudios secundarios incompletos, hijo de E.J.T. y de M.A.E., domiciliado en calle 34 Nº 1525, de esta ciudad; C.L.R., D.N.I Nº 40.609.263, argentino, nacido el 10/06/1997 en General Pico, Provincia de La Pampa; de 22 años de edad, soltero, jornalero, de estudios secundarios incompletos, hijo de C.M.R. y de S.M.U., domiciliado en calle 36 bis Nº 1035, de esta ciudad y L.E.R., D.N.I Nº 37.086.998, argentino, nacido el 08/10/1992 en General Pico, Provincia de La Pampa, de 26 años de edad, en concubinato, posee un lavadero, de estudios secundarios completos, hijo de C.M.R. y de S.M.U., domiciliado en calle 23 Nº 1710, de esta ciudad.

---Intervino en representación del Ministerio Público F., la Dra. M.V.C., asistió en la defensa del imputado G.D.C., el Defensor Particular N.Á.P.; en la defensa del imputado S.H.E.T., el Defensor Oficial Walter V. y; en la defensa de los imputados C.L.R. y L.E.R., el defensor particular O.F.O.Z..

---II) Que los hechos investigados en el legajo N.. 44673 se iniciaron el día 23/10/2018 a raíz de una presencia policial solicitada a través de un llamado, en los departamentos ubicados en calle 9 entre similares 50 y 52, Nº 2515. Presente personal policial, se convocó al oficial de servicio y se procedió a llevar a cabo un acta de inspección ocular de la que surge que el día 23 de octubre de 2018, siendo las 05:25hs. la prevención se hizo presente en el domicilio sito en calle 9 entre similares 50 y 52 a la altura catastral Nº 2515 de este medio, precisamente en el departamento Nº 6. Que allí se encontraron con los empleados policiales C.E.S. y Agente de Policía Emanuel VILCHE, junto a un individuo que yacía sobre el suelo, el cual presentaba varias heridas en cuero cabelludo y antebrazo, tratándose de S.A., quien de forma espontánea adujo: “Minutos antes, momentos se encontraba en interior de su departamento escuchando música con auriculares, siente que golpean la puerta, por lo que decide consultar de quien se trataba, obteniendo como respuesta ”SOY SHAGUI”, por lo que decide abrir, recibiendo un fuerte golpe en su cabeza, perdiendo el equilibrio, logrando observar tres individuos, uno de ellos vestía campera de cuero color marrón, siendo de contextura delgada y estatura alta, otro de baja estatura, tez morena, mientras que restante desconoce detalles, pero que todos poseían el rostro semicubierto. Que tras soportar los golpes en su cabeza con un elemento contundente, uno delos individuos le manifiesta “Vos sabés lo que hiciste”, mientras que otro le provocaba cortes con un elemento punzante en el antebrazo derecho y el cuero cabelludo. Luego estas personas comienzan a revolver los sectores de su vivienda, sustrayendo detrás de un mueble el monto aproximado de $5.000, discriminados en dos billetes de $200 y demás en billetes de $500, como así también su teléfono celular marca Samsung, color azul(ignora modelo), retirándose todos ellos a la brevedad. Por último, el dicente logra ponerse de pie, toma un bastón extensible de su propiedad para protegerse y se encuentra con la presencia del personal policial”. Que a continuación se hicieron presentes el C.J.M.G. junto al Sub-C. C.F. como así también personal de brigada de investigaciones de dicha comisaría a cargo del cabo Primero ACUÑA y Agente de Policía Germán MANZATO. Que a su vez se solicitó presencia de personal Agencia de Investigación Científica, haciéndose presente a la brevedad el C.Q., quien efectuó diligencias de rigor en el lugar. Que luego se procedió a golpear el resto de departamentos pudiendo entrevistarse al dueño, V.A.A. y al ciudadano J.M., siendo este último el que habría solicitado presencia policial, ya que había sido testigo delo ocurrido divisando a tres individuos, uno de ellos vestía una campera color marrón, de cuero, poseía rastas, contextura delgada, estatura alta, otro vestía buzo color celeste con capucha, de 1,60 metros de altura y restante poseía campera color negro, con gorra color negro, quien había golpeado a su vecino S.A.. Que a continuación se procedió a ingresar al departamento pudiendo observar a simple vista varias manchas de sangre, como así también huellas del calzado, las cuales fueron fotografiadas por personal idóneo en criminalística, observándose todos los sectores del inmueble violentados, más precisamente el sector de comedor fue donde se localizó la mayor concentración de violencia. Que por último se realizaron recorridas en inmediaciones a fines de hallar huellas o indicios que sean de interés para la presente causa, logrando entrevistarse a P.F., pudiendo visualizar en cámaras de vigilancia ubicadas en sector de patio, en la cual se divisaba el ingreso y egreso de cuatro individuos a interior del predio de departamentos.

---III) En el alegato de apertura la F. mencionó que el hecho que se le imputaba a C., TORTONE, R. y R. era el siguiente: “El día 23/10/2018 a horas 5:00a.m., aproximadamente, los imputados ingresaron al complejo de departamento ubicados en la calle 9 N.. 2515. Se dirigieron al depto. N.. 6 donde vivía el damnificado S.A.. TORTONE golpeó la puerta, se anunció con su apodo “SHAGUI”, a lo cual AGAZZONI accedió a abrir la puerta confiado, ya que TORTONE era un amigo. Ni bien S.A. abre la puerta, recibió un golpe con un elemento contundente que lo deja prácticamente inmovilizado. Que luego ingresaron los cuatro imputados, continuaron pegándole al damnificado, solicitándole que les diga dónde estaba el dinero, le aplicaron cortes en uno de sus brazos con un elemento cortopunzante, hasta que AGAZZONI desistió y les dijo dónde estaba el dinero que tenía ahorrado. Se dirigieron hacia ese lugar, sustrajeron el dinero, un teléfono celular marca Samsung, un estuche de una guitarra F. y una notebook”.

---Respecto a la calificación legal, encuadró los hechos dentro de los delitos de: ROBO AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA (art. 166 inc. 2º supuesto 1º del C.) y alternativamente ROBO AGRAVADO POR HABERSE PROVOCADO LESIONES GRAVES DURANTE SU COMISION (art. 166 inc. 1º del C.).

---Por su parte los defensores no realizaron alegatos de apertura.

---En cuanto a los imputados, G.D.C., declaró que se hacía cargo de haber sido autor del hecho. Que había estado involucrado y que se iba a hacer cargo de lo que había pasado. Que habían ido entre los cuatro y que estaba totalmente arrepentido, pasara lo que pasara, lo condenaran o no. Que iba a estar de acuerdo a la condena que le dieran.

---Consultado por el defensor PAESANI, manifestó que a AGAZZONI no lo conocía, lo conoció por fotos. Que lo habían llamado y le dijeron que tenían un hecho, que primero se negó y luego terminó yendo. Que estaban él, TORTONE, L. y C.. Que entraron tal cual decían, por el nombre de “.” y luego empezaron a golpearlo. Que él salió para afuera, vio que prendieron una luz de afuera y cuando vio que lo estaban golpeando mucho, agarró y les dijo que venía la policía, por la manera en que le estaban pegando. Que a él le habían dicho que iban a buscar plata, no a golpear.

---Contestó que en el tema de la golpiza, él no participó. Que estaba dispuesto a que estuviera el muchacho y que si tenía que pedirle perdón o lo que fuera, estaba dispuesto a aclarar toda su verdad.

---Agregó que en el lugar estaban los chicos y TORTONE, que habían sido los que ingresaron y golpearon a AGAZZONI. Respondió que no tenía conocimiento adónde iba a ir ese día, que tenía la calle.

---Declaró que consumía droga y que ese día había fumado y estaba tomando. Que surgió ir a robar y no supo qué le pasó por la cabeza y fue, pero que había ido con la intención de robar, no de que pasara lo que había pasado.

---Ratificó que no tenía antecedentes, que este era el primer hecho al que lo habían invitado a ir a sacar cosas. Que el que lo había llamado para esto era L.R..

---Manifestó que le pedía disculpas a la familia, que estaba totalmente arrepentido y que hacía rato que quería desahogarse y contar su verdad porque no lo “bancaba”.

---A preguntas de la F., contestó que L. lo había invitado por mensaje diciéndole que tenía algo para él a lo que le contestó que iba a ir. Que cuando lo convocó le dijo que tenía algo grande. Que cuando fue, empezaron a hablar de que había mucha plata. Que estaba tomado y fumado, se enroscó y le dijo que estaba de acuerdo con ir y hacer el hecho. Que se habían juntado en la casa de L.R., a la vuelta de su casa, adonde vivía L. con la señora y tenía el lavadero. Que en ese lugar estaban él, S.T., C.R. y L..

---H. exhibido un chat, reconoció el mismo. Declaró que “L.” era L.R.. Acto seguido, la F. procedió a la lectura de dicho chat. Explicó que cuando él le decía “Pero no son mías amigo, a mí me las da pero se las tengo que pagar” a R., este le estaba pidiendo porque él había comprado para fumar y para tomar, y la tenía que pagar. Que entonces R. le dijo “Traete dos que vamos a buscar dólares, yo ayudo a pagar”. Que cuando le hablaban del “desbaljie” sinceramente no sabía si era ir a robar...

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