Sentencia Nº 44172 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Año2018
Número de sentencia44172
Fecha26 Noviembre 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº1038

AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.

Juez Unipersonal: Dra. M.J.C..

General Pico, 26 de noviembre de 2018.

Autos y Vistos:

Estos actuados: “MINISTERIO PUBLICO FISCAL C/FERNÁNDEZ JESÚS MARÍA; E.B.S. AGRAVADO (DAM: ANZOATEGUI GUADALUPE; D.N.M.)” - Legajo Nº 44172,

Resulta:

Que llega el presente legajo a esta Audiencia de Juicio, presentando las partes acuerdo de Juicio Abreviado, para con el imputado de autos, J.M.F., DNI Nº 34.674.457, argentino, soltero, de instrucción primario incompleto, ocupación jornalero, nacido el 13/09/1989 en la localidad de América, Partido de Rivadavia, Provincia de Buenos Aires, hijo de J.V. y de S.V.L., domiciliado en calle 102 Nº 901 de esta ciudad.

Las partes en el proceso están representadas por D.A.C., por el Ministerio Público Fiscal y el Defensor General W.V., que asistió en la defensa técnica al imputado.

II) Que se inició el trámite de las presentes actuaciones al denunciar G.A., el día 22/09/2018, que habiéndose ausentado de su domicilio, entre las 21:00 y 21:15 hs., le sustrajeron de la cocina comedor un televisor Led, color negro marca Samsung, una notebook color negra marca RCA, con cargador, y un teléfono celular marca M., modelo G5 Plus, color gris oscuro con funda cobertura color negra, siendo este último, de propiedad de N.D..

III) Que las partes y el imputado llegaron a un acuerdo de Juicio Abreviado, habiéndose realizado el día 05 de noviembre del corriente año la Audiencia de Visu, que establece el art. 379 del C.P.P.

Entiendo que en la presente causa se cumplieron los requisitos formales para la procedencia de la vía de Juicio Abreviado, ya que el imputado reconoce de forma libre y voluntaria la autoría del ilícito investigado, siendo tal confesión válida como elemento de prueba, existiendo además del escrito acordado por las partes, su manifestación en la audiencia de visu.

Las partes al momento de presentar el escrito de Juicio Abreviado – conforme surge del mismo – se lo hicieron conocer a la denunciante G.A. y al damnificado N.M.D., no habiendo manifestado oposición a la vía procesal elegida.

Por otro lado, el acuerdo logrado en cuanto a la pena aplicable, aparece como responsabilidad del Ministerio Público Fiscal, siendo su facultad optar por una pena menos gravosa, con el beneficio de una condena rápida y efectiva.

IV) Las pruebas que pesan en contra del imputado, además de su propia confesión de autoría del hecho, son:

La novedad cursada por el Sargento M.R., el día 22/09/2018, informando que siendo las 21:20hs. se encontraba realizando patrullaje de prevención, junto a la agente J.L.M., cuando el CECOM les comunicó que en calle 101 Nº 591 Oeste, se habría producido un hecho ilícito. Al llegar al lugar y entrevistar a G.A., les adujo que a las 21:00 hs. se había dirigido a la rotisería “La Casa de Las Hamburguesas”, y al regresar, a las 21:15 hs. constató, que autor/es ignora le sustrajeron un televisor Led, color negro, marca Samsung, una notebook marca RCA, y un teléfono marca M., modelo G5 plus, color gris oscuro. Puso en conocimiento vía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR