Sentecia definitiva Nº 44 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 31-05-2012

Número de sentencia44
Fecha31 Mayo 2012
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 30 de mayo de 2012.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “ECOFRUT S.A S/ QUEJA EN: \'GONZALEZ, NÉSTOR FABIÁN C/ ECOFRUT S.A. S/ ORDINARIO\'" (Expte. N° 25579/11-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
El señor Juez doctor Víctor Hugo SODERO NIEVAS dijo:

1.- Mediante la sentencia cuya copia obra glosada a fs. 2/5 vlta., la Cámara del Trabajo de la Ia. Circunscripción Judicial con asiento de funciones en esta ciudad hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la accionada a abonarle al actor una suma de dinero en concepto de haberes y S.A.C. adeudados, vacaciones no gozadas e indemnizaciones por antigüedad y sustitutiva de preaviso, más las penalidades establecidas por los arts. 8 de la Ley 24013 y 2 de la Ley 25323 e intereses.

Para decidir de ese modo, la Cámara sostuvo que en autos se encontraba controvertida la existencia misma de la relación laboral, por lo que, a los efectos de la aplicación de la presunción establecida en el art. 23 de la LCT, debía tomarse en consideración la doctrina fijada por este Superior Tribunal de Justicia in re: "STAGNARO" (sentencia del 21.04.09) y comenzar por analizar si el actor había acreditado la prestación de servicios a favor de la accionada, circunstancia sobre la que adelantó que no había dudas. Para ello tuvo en cuenta la prueba testimonial producida en la audiencia de vista de causa y el hecho de que la demandada había omitido asumir la carga probatoria que le incumbía por imperio de su propio interés y de lo dispuesto por el art. 377 del CPCCm -en función del art. 59 de la Ley 1504-; asimismo, destacó que también había omitido presentar libros, registros u otra documentación laboral a cuya exhibición había sido intimada, lo que daba lugar a la activación de la presunción del art. 55 de la LCT // ///-2- en función del art. 52 del mismo cuerpo legal. Con base en todo ello, tuvo por cierta la relación laboral aducida por el actor.

Ello motivó que la parte demandada interpusiera el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley cuya denegación dio origen a la presentación de la queja en estudio.

2.- En oportunidad de articular el remedio principal, la demandada sostuvo que la sentencia cuestionada incurría en arbitrariedad manifiesta en el análisis y la ponderación de la normativa y doctrina legal aplicables, lo que provocó que llegara a una conclusión carente de fundamento fáctico y jurídico. En tal sentido, destacó que el agravio liminar del recurso lo constituía el hecho de...

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