Sentencia Nº 432 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 15-10-2021

Número de sentencia432
Fecha15 Octubre 2021
MateriaC.P.B. Vs. R.G.A. S/ PROTECCION DE PERSONA

JUICIO: C.P.B.c.R.G.A. s/ PROTECCION DE

PERSONA.- EXPTE. N° 2095/20.-

APELACION.- SENT.N° 432 S.M. de Tucumán, 15 de octubre de 2021 TEMA A TRATAR: Recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: “C.P.B.c.R.G.A. s/ PROTECCION DE PERSONA” Expte. N° 2095/20, que tramitan por ante la Sala 1º de esta Cámara en lo Civil en Familia y Sucesiones del Centro Judicial Capital. ANTECEDENTES Surge del Sistema de Administración de Expedientes (SAE), que con fecha 27 de mayo de 2021 la letrada M.S.D., en representación del Sr. G.A.R., plantea recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la resolución de fecha 19 de mayo de 2021 que dispone el reintegro al hogar de la actora P.B.C. y de sus hijos menores de edad. Como sostén del recurso, expresa que la decisión impugnada le causa perjuicio a su mandante que lo priva de tener un techo que fue prestado por su tío, y que actualmente está durmiendo en el refugio de la parada de colectivo. Señala que su mandante fue y es víctima de la actora, y que por vergüenza no formuló la denuncia con anterioridad, situación que no se fue considerada al dictar la ampliación de las medidas cautelares. Afirma que la providencia en crisis luce inconstitucional y arbitraria ya que abusa de las medidas cautelares, y que el magistrado debe investigar si el hecho es delito y si hay responsables, ya que están en sus manos bienes jurídicos como la libertad y dignidad de las personas. Sostiene que el único requisito de procedencia común con las medidas cautelares clásicas es el peligro en la demora, como producto de la flexibilización y amplitud en la ponderación de los hechos, situación que debe emerger de la propia denuncia, pudiendo el juez disponer una audiencia personal con la víctima para indagar sobre la denuncia. Agrega que el peligro en la demora se encuentra ínsito en la propia denuncia, y que resulta imprescindible contar con un equipo interdisciplinario. Finalmente cita doctrina, ofrece pruebas y solicita se haga lugar al recurso incoado. Corrido traslado de ley, por presentación de fecha 09 de junio de 2021, la representante de la Defensoría Oficial Civil itinerante, apoderada de la Sra. P.B.C., contesta agravios y solicita el rechazo del recurso en base a las consideraciones de hecho y derecho que damos por reproducidas por razones de brevedad. Mediante sentencia de fecha 04 de agosto de 2021, el magistrado de grado rechaza el recurso de revocatoria y concede el de apelación interpuesto en subsidio. En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR