Sentecia interlocutoria Nº 43 de Secretaría Penal STJ N2, 13-11-2014

Fecha13 Noviembre 2014
Número de sentencia43
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 27185/14 STJ
AUTO INTERLOCUTORIO Nº: 43
PROCESADO: ARDENGHI RODOLFO
DELITO: ESTAFA
OBJETO: EXCUSACIÓN DR. BAROTTO
VOCES:
FECHA: 149/153
FIRMANTES: APCARIAN - PICCININI - MANSILLA - ZARATIEGUI EN ABSTENCIÓN (NO FIRMA POR COMISIÓN DE SERVICIOS) - BERNARDI (SUBROGANTE) EN ABSTENCIÓN
///MA, de noviembre de 2014.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “ARDENGHI, Rodolfo s/Queja en: ‘Dr. Oscar R. PANDOLFI s/Incidente de recusación’” (Expte.Nº 27185/14 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:

Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Ricardo A. Apcarian dijo:

1.- Antecedentes de la causa:

1.1. Se inician estas actuaciones en virtud del recurso de queja deducido por la defensa respecto de la denegatoria de la casación intentada por esa parte contra la Sentencia Interlocutoria dictada el 19 de mayo del corriente por la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca, mediante la cual no se hizo lugar a la recusación ni a la inhibición del doctor Federico A. Dalsasso.

1.2.- Una vez llamado al Acuerdo y sorteado el expediente, ante el pase a Presidencia dispuesto en razón de una presentación de la recurrente, el miembro titular de este Cuerpo doctor Sergio M. Barotto se excusa de entender en estos autos y solicita su apartamiento (fs. 43).

1.3.- Dada la inhibición formulada, se deja sin efecto el llamado al Acuerdo y el sorteo realizados a fs. 38 y se convoca al doctor Juan Antonio Bernardi a integrar el Tribunal que ha de entender en la presente y, oportunamente, se ponen los autos para resolver (cf. fs. 45 y 47).

2.- Motivos de la excusación del doctor Barotto:

///2.
El magistrado funda su planteo en que, en el ejercicio de su profesión de abogado, ha asesorado y representado los intereses –entre otros- del accionista Rodolfo Ardenghi, aquí recurrente, en la realización de la Asamblea General Extraordinaria para abordar la situación de la firma Winds S.A., ocasión en la que propició la disolución y liquidación de dicha sociedad. Agrega que, en el expediente principal del que se desprende esta incidencia, el nombrado Ardenghi resulta imputado por distintos hechos en perjuicio de dicha sociedad y de algunos de sus accionistas, motivo por el que se excusa de intervenir en los términos del art. 45 del Código de Procedimiento Penal.

3.- Tratamiento de la excusación:

3.1.- Ingresando en el estudio del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR