Sentencia Nº 42600/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia42600/1
Fecha10 Noviembre 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO TRESCIENTOS QUINCE /DOS MIL DIECISIETE. En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los diez días de noviembre de dos mil diecisiete, A.F.O., Jueza de audiencia, en ejercicio de la jurisdicción unipersonal, me constituyo a efectos de dictar sentencia en Expte. Nº 42600/1 caratulado: “PONCE de LEÓN, J.A. s/ Acuerdo de Juicio Abreviado”, relacionado al Expte 42600/0 seguido contra J.A.P. de LEÓN – argentino, D.N.I. nº 32.615.161, soltero, padre de un hijo de 5 años de edad, nacido en Santa Rosa (L.P.) el 31/05/1987, de 30 años de edad, instruido, ciclo EGB completo, empleado municipal- desempeña funciones en el Servicio de Mantenimiento del Cementerio Parque de esta ciudad-, hijo de J.J.P. de León y de Adela del C.M., domiciliado en calle M. nº 1267 de esta ciudad.

CONSIDERANDO:

Que el pasado 03 de Noviembre se presentó un Acuerdo de Juicio Abreviado firmado por la Dra. C.M. - en representación del Ministerio Público Fiscal-, el acusado J.A.P. de LEÓN y el defensor de este último, Dr. Mariano ALOMAR- Defensor particular.

En el referido acuerdo las partes fijaron el hecho imputado a PONCE de LEÓN, en los siguientes términos: "... el día 03 de abril de 2015, a las 05:40 horas aproximadamente, consistente en haber impactado el lateral izquierdo de una motocicleta Honda Titán 150 cc dominio en el que se conducía F.S.A. haciéndolo por Av. Circunvalación Este de Norte a Sur, mientras conducía un vehículo Ford Fiesta dominio CTQ 469 también por A. Circunvalación Este de Sur a Norte, e intentó girar hacia Av. Argentino Valle con dirección al cardinal Oeste. Producto de la colisión el ciudadano S.A. sufrió fractura expuesta de tobillo izquierdo mientras que el compareciente se dio a la fuga …”.

Las partes acordaron el encuadre legal del hecho descripto en la figura típica de Lesiones leves culposas – art. 94, primer párrafo, en concurso ideal con el delito de Lesiones graves culposas agravadas por la conducción imprudente, negligente, o antirreglamentaria de un vehículo automotor ( art. 94, primero y segundo párrafos, en relación con los arts. 84 y 90 del C.P.), en perjuicio de S.F.A. por vulneración de lo establecido en los arts. 43 y 44 de la Ley Nacional de Tránsito 24449 en calidad de autor ( art. 45 del C.P.).

Finalmente también acordaron las partes, se condene a J.A.P. de LEÓN a la pena de MULTA de TRES MIL PESOS ($ 3000) y DIECIOCHO MESES DE INHABILITACIÓN PARA CONDUCIR TODO TIPO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, CON COSTAS ( arts. 40 y 41 del C.P.) (arts. 355, 474 y 475 del C.P.P.).

Por Presidencia de Audiencia se declaró admisible formalmente el acuerdo presentado por las partes, y ante la suscripta se llevó a cabo la audiencia de visu. En esta última oportunidad, el imputado manifestó conocer los términos del acuerdo y prestó su consentimiento en cuanto...

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