Sentencia Nº 4127-2009 de Cámara Nacional Electoral del 17-03-2009
Fecha | 17 Marzo 2009 |
Número de sentencia | 4127-2009 |
CAUSA: “Partido Federal s/balance 2005” (Expte. Nº 4535/08 CNE)
– MENDOZA.-
FALLO Nº 4127/2009
///nos Aires, 17 de marzo de 2009.-
Y VISTOS: los autos “Partido Federal s/balance 2005”
(Expte. Nº 4535/08 CNE), venidos del juzgado federal con
competencia electoral de Mendoza en virtud del recurso de
apelación interpuesto a fs. 144 contra la resolución de fs.
138/142, obrando la expresión de agravios a fs. 151/154, el
dictamen del señor fiscal electoral actuante en la instancia a
fs. 160/161, y
CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 138/142 el señor juez de
primera instancia resuelve no aprobar el balance anual 2005
presentado por el Partido Federal, distrito Mendoza y, en
consecuencia, aplicar a la agrupación la sanción de pérdida del
aporte para el desenvolvimiento institucional “por el término
de un (1) año” (fs. 142).-
Para así decidir, el magistrado señala
que el informe anual en cuestión “no cumple con los recaudos
exigidos por las normas aplicables” (fs. 140 vta.),
circunstancia que -a su criterio- “impide conocer en forma real
su situación patrimonial y, en última instancia, el origen y
destino de los fondos del partido” (fs. cit.).-
Destaca que la agrupación “intenta
justificar una diferencia de $ 3.735,16 alegando no haber
conocido que tales fondos le habían sido asignados” (fs. cit.).
Advierte, asimismo, que “no instrumenta las deudas que posee la
agrupación originadas en préstamos que habría otorgado el
presidente [del partido] a favor de [éste]” (fs. cit.).-
Finalmente, indica que la entidad
tampoco cumplió con la obligación prevista en el artículo 19 de
la ley 25.600.-
Contra esa decisión, el apoderado
partidario apela a fs. 144 y expresa agravios a fs. 151/154.-
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