Sentencia Nº 4044-2008 de Cámara Nacional Electoral del 01-09-2008

Fecha01 Septiembre 2008
Número de sentencia4044-2008
CAUSA: "Partido ‘Movimiento por la Justicia Social’ s/pedido de
reconocimiento de personalidad jurídico - política como pdo. de distrito”
(Expte. N° 4504/08 CNE) - BUENOS AIRES.-
FALLO Nº 4044/2008.-
///nos Aires, 1º de setiembre de 2008.-
Y VISTOS: Los autos “Partido ‘Movimiento por la Justicia
Social’ s/pedido de reconocimiento de personalidad jurídico-política como pdo.
de distrito" (Expte. N° 4504/08 CNE), venidos del juzgado federal con
competencia electoral de Buenos Aires en virtud del recurso de apelación
interpuesto en subsidio a fs. 1433/vta. contra la resolución de fs. 1429/1430
vta., obrando la contestación de agravios a fs. 1436/1437, el dictamen del señor
fiscal electoral actuante en la instancia a fs. 1445, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 1429/1430 vta. el señor juez de
primera instancia resuelve declarar la caducidad de la personalidad política del
partido “Movimiento por la Justicia Social” (MO.JU.SO.), en los términos del
artículo 50, inc. a) y 49 de la ley 23.298.-
Para así resolver, afirma que "la agrupación [...]
de autos celebró elecciones internas el 10 de agosto de 2003" (fs. 1429 vta.),
por tanto, "se encuentra [...] incursa en la causal de caducidad del artículo 50,
inciso a)" (fs. 1430).-
Resalta además que la entidad no ha efectuado
las aclaraciones en relación a tal circunstancia, lo que "demuestra [...] un
total desinterés por parte de quienes tienen a su cargo la representación del
partido" (fs. 1429 vta.), así como tampoco "ha acompañado en tiempo
oportuno la documentación requerida a fin de demostrar el normal
funcionamiento del [mismo]" (fs. 1430).-
Contra esta decisión el señor José Osvaldo
Cortti -invocando el carácter de presidente y apoderado del partido-, plantea
revocatoria y apelación en subsidio (fs. 1433/vta.).-
Manifiesta que el 21 de octubre de 2007 se
llevaron a cabo las elecciones internas y que "el [l]ibro de [a]ctas partidario
se encuentra en esa sede judicial desde el día 6 de septiembre del año 2007
[...] por lo que una vez que [les] sea devuelto [se] transcribir[á] en el mismo
los hechos y pasos partidarios hasta la actualidad” (cf. fs. 1433).-

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