Sentencia Nº 40005/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017
Número de sentencia | 40005/1 |
Año | 2017 |
Fecha | 12 Mayo 2017 |
Estatus | Publicado |
Emisor | Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina) |
SENTENCIA NUMERO 109 / 2017: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los doce días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, se constituye la Jueza de Audiencia de Juicio Unipersonal, E.R., a fin de dictar sentencia en los autos caratulados: "SCHULMAISTER, M.A. s/Acuerdo de Juicio Abreviado” expediente N°40005/1, seguido contra M.A.S., DNI 34.221.608, nacido el 19/12/1987 en Santa Rosa, La Pampa, de 29 años de edad, hijo de P.R.S. y A.A., albañil, soltero, con instrucción, domiciliado en calle C.F. y D. –casa n°158 de esta ciudad, con antecedentes penales.
Durante la audiencia de juicio abreviado actuaron: L.A.P. por el Ministerio Público F. y G.G. por la Defensa del imputado, y
RESULTANDO: Que ante la solicitud de juicio abreviado requerido por las partes se llevó a cabo la audiencia prevista a los fines dispuestos en el art.379 del C.P.P. Al efecto el señor F. recreó la teoría del caso en los siguientes términos: Que, el día 19/02/2015 a la hora 19:15 aproximadamente, M.A.S. tenía en su poder un arma tipo pistola, calibre 22 B., serie n°15871, modelo 622, cargada con tres municiones, no estando autorizado para ello. En momentos en que se encontraba en intersección de calles C.F. y 20 de Julio de la ciudad de Santa Rosa y una vez advertida su presencia por personal policial, salió corriendo dándose a la fuga y arrojando dicha arma en el camino.
Efectuó, en la ocasión, reseña de los elementos de prueba con que se cuenta, y trasmitió la calificación admitida –portación de arma de fuego de uso civil, sin intención de ser usada con fines ilícitos (art.189 bis inc. 2°, párrafos 3° y 6° del C.P.) así como la pena acordada, consistente “OCHO MESES de prisión de efectivo cumplimiento y CUATRO AÑOS de inhabilitación para tener, transportar y/o portar armas de fuego”.
Requerido el imputado en el conocimiento de visu, admitió conocer los términos del acuerdo, comprender su contenido, la calificación legal del ilícito que se le atribuye y sanción penal que se propone.
CONSIDERANDO:
1) La acusación se sustenta en las pruebas colectadas y a las que se ha hecho referencia en el Acuerdo a saber:
-Parte de novedades, donde consta aprehensión, demora e identificación de S., el 19/02/2015, hora 19:15 aproximadamente.
-Tomas fotográficas del arma y del lugar donde fuera arrojada por S.
- Acta de secuestro del arma de la que se desprendió el imputado arrojándola en el lugar en que fuera hallada.
- Entrevista al policía C.D.M.R., quien declara que...
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