Sentecia interlocutoria Nº 4 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 28-12-2007

Número de sentencia4
Fecha28 Diciembre 2007
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 28 de diciembre de 2007.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "CALVO, LEONARDO MAXIMILIANO S/ INDULTO" (Expte. N° 22611/07/03-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 Inc. b) de la Ley 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 Inc. 4to. de la Constitución Provincial, y

CONSIDERANDO:

Los señores Jueces doctores Víctor Hugo Sodero Nievas y Alberto Italo Balladini, dijeron:.


Que a fs. 4 Mónica Rosati, en representación de LEONARDO MAXIMILIANO CALVO, nacido en San Carlos de Bariloche el 01-02-1985, actualmente internado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 1 de Viedma, se presenta ante el Sr. Gobernador de esta Provincia, solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera a su defendido.


Al encartado en autos le dictaron la siguiente Sentencia: En fecha 04/05/2005 la Cámara Segunda en lo Criminal de la IIIa. Circunscripción Judicial, en Expte N° 81/2004, lo condena por considerarlo autor del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR EL MODO ALEVOSO EN GRADO DE TENTATIVA, a la pena de DIEZ (10) años de prisión (fs. 14/98).


Según el cómputo de pena practicado por la Sra. Secretaria del Tribunal sentenciante de fs. 100, el encartado fue detenido el 15-07-2004 y agota la pena el 14-07-2014.


En el informe carcelario de fs. 102, de fecha 26/09/2007 se establece que el interno está incorporado a la Fase de Consolidación de la Progresividad del Régimen Penitenciario. Calificado con conducta Muy Buena Ocho (8) y concepto Bueno Siete (7). El Consejo Correccional de la Unidad de Detención concluye que analizados los antecedentes personales y criminológicos del interno, resuelve dar curso favorable a la solicitud de rebaja de pena del interno.


A fs. 107 se encuentra el dictamen de la Comisión prevista por el art. 5° del Decreto N° 1771/91 en el cual se determina que, según los elementos de evaluación brindados, el interno de referencia proviene de un sistema familiar disgregado con la presencia de padre y madre y cinco hermanos, mantiene comunicación con los mismos en la medida de sus posibilidades. Asiste regularmente a los talleres de Electricidad e Informática además es integrante de un grupo de música conformado por internos de ese establecimiento penal. Se encuentra afectado al taller de Biblioteca como auxiliar, visualizando buena actitud y sentido de responsabilidad en las tareas asignadas. LOGRO adaptabilidad al régimen imperante, sin haber sufrido sanciones ni llamados de...

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