Sentencia Nº 38417 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Fecha17 Octubre 2017
Año2018
Número de sentencia38417
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO N° 980 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL. Juez Unipersonal: Dr. C.F.P..

General P., 31 de Julio de 2.018

Legajo N° 38417

Caratulado: “Ministerio Público Fiscal c/González R., J.R. s/ Tentativa de Rapto”.

VISTO Y CONSIDERANDO:

I) Que el día del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo N° 38471, contra J.R.G.R., DNI N° 13.737.745, argentino, nacido el 30 de abril de 1.960, en General P., La Pampa y domiciliado en calle 8 bis N° 331 norte, de esta ciudad, separado, enfermero, hijo de D. y de H.R..

Intervino en representación del Ministerio Público Fiscal, la Dra. I.H., asistió en la defensa al imputado el defensor particular, Dr. G.A..

II) Que el proceso se inicia el 20 de octubre de 2.017, siendo las 15:00 hs. aproximadamente, cuando el imputado al comando de un automotor Volkswagen Gol, color rojo, con capot y techo negro, en calles 107 y 300 del medio, se acercó a la menor V.C.T. de 10 años, que caminaba desde su colegio, ubicado en barrio Malvinas, hacia su domicilio en calle XXX, y comenzó a hacerle señas para que se subiera al automóvil, tirándole besos y abriendo la puerta del acompañante. La niña con temor logró resguardo en la casa de sus tíos, cerca de su domicilio.

III) En el alegato de apertura la Fiscal afirmó que acreditará que el imputado es el autor del ilícito que se investiga. Valiéndose de la prueba ofrecida oportunamente para acreditar su culpabilidad. Calificando el hecho como tentativa de rapto (Art. 130 en relación al art. 42 ambos del C.P.).

Por su parte, la defensa técnica del imputado, dijo que acreditará la inocencia de su defendido en el hecho imputado.

El imputado brindó su declaración. El día del hecho estuvo almorzando con su hija y su nieta. Que luego las llevó a la casa de la madre, las dejó, al volver a su casa, decidió ir a pagar una deuda que tenía con su sobrino que vivía en la calle 115 o la calle 113 y se perdió. Manifestó que decidió continuar el regreso a su casa , en eso, vio a un “pendejo”, un “chinito” revoleando un palo que se le cayó dos o tres veces al suelo y pensó que le iba a romper el auto. Que entonces paró y le dijo “Che, porque no te vas a dormir la siesta y te dejas de romper las... y te vas a tu casa”. Aclaró que frenó porque el “muchachito” andaba de cabeza buscando el palo. Que luego siguió su viaje. Explicó que, hoy en...

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