Sentencia Nº 3675-2006 de Cámara Nacional Electoral del 17-01-2006

Número de sentencia3675-2006
Fecha17 Enero 2006
CAUSA: "Patti, Luis s/promueve acción de amparo c/Estado Nacional (Congreso de la
Nación-Cámara de Diputados)" (Expte. Nº 4169/06 CNE) - CAPITAL FEDERAL.-
FALLO Nº 3675/2006.-
///nos Aires, 17 de enero de 2006.-
Y VISTOS: Los autos "Patti, Luis s/promueve acción de amparo
c/Estado Nacional (Congreso de la Nación-Cámara de Diputados)" (Expte. Nº 4169/06
CNE), venidos del juzgado federal electoral de la Capital Federal en virtud del recurso
de apelación deducido y fundado a fs. 159 vta. contra la resolución de fs. 144/145 vta.,
concedido a fs. 160 y vta., y
CONSIDERANDO:
1º) Que mediante la resolución en recurso la señora juez
de primera instancia no hace lugar a la habilitación de la feria judicial solicitada por la
actora (fs. 141/142 vta.) para la sustanciación de la demanda de amparo promovida a fs.
114/132.-
2º) Que el art. 153 del Código Procesal Civil y Comercial
de la Nación dispone taxativamente que de la resolución que deniega el pedido de
habilitación de feria solo podrá recurrirse por reposición, es decir que la apreciación de
requerimiento queda librada únicamente al criterio del juez (cf. Fenochietto, Carlos E.
"Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, comentado", T. I, pag. 549, Ed.
Astrea, Buenos Aires, 2001, y Cam. Nac. Cont. Adm. Federal., Sala de Feria
11/01/1994 -Barcesat, Eduardo /R.QU./v. Estado Nacional s/amparo). Ello basta para
declarar mal concedido el recurso, sin que sea necesario efectuar ninguna otra
consideración.-
En mérito de lo expuesto, la Cámara Nacional Electoral
RESUELVE: declarar mal concedido el recurso de fs. 148/159 vta..-
Regístrese, notifíquese con habilitación de día y hora y
vuelvan los autos a su origen.-
El Dr. Rodolfo Emilio Munné no interviene por
encontrarse en uso de la feria ordinaria (art. 109 del Reglamento para la Justicia
Nacional). ALBERTO R. DALLA VIA - SANTIAGO H. CORCUERA - FELIPE
GONZALEZ ROURA (Secretario).-

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