Sentencia Nº 36622 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia36622
Año2019
Fecha06 Agosto 2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº 1124 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL - Juez Unipersonal Subrogante: Dr. D.J.A..

General Pico, martes 6 de agosto de 2019.

L.N.. 36622

Caratulado: "MINISTERIO PUBLICO FISCAL c/ M.S.Y. S/LESIONES LEVES AGRAVADAS”

---VISTO Y CONSIDERANDO:

---I) Que el día 30 de julio del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal de suscripto se llevó a cabo audiencia de debate oral, en el legajo N.. 36622, contra S., argentina, D.N.I. Nº 34.707.XXX, nacida el 1 de diciembre de 1989, en General Pico, La Pampa, soltera, ama de casa, hija de J.C.M. y de M.A.G. y domiciliada en calle XXX, de esta ciudad.

---Intervino en representación del Ministerio Público F., la Dra. A.L.R. y asistió en la defensa a la imputada, la Defensora Oficial Sustituta, Dra. Elba POZZE.

---II) En relación al hecho, el proceso se inició el 28 de junio de 2017 mediante nota de la Escuela Nº X. esta ciudad, elevada por la Directora de dicho establecimiento, en ese entonces, M.N.S., dirigida a la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia con el fin de ponerlos en conocimiento de lo sucedido el día de la fecha en su institución, adjuntando la nota que a continuación se transcribe: “En el día de la fecha, 28 de junio de 2017, siendo las 8:20, luego del desayuno, el alumno B.M.T. se acerca y cuenta que faltó lunes y martes porque la mamá lo golpeó el fin de semana. Expresó que le dio la cabeza contra la pared y que lo metió dentro de la ducha con agua fría y le daba piñas. También comentó que le pegó con el cinto, luego del relato se bajó la remera y mostró el moretón que tiene en el hombro”. La nota transcripta fue firmada por C. y D.C..

---III) En el alegato de apertura y respecto al hecho que se le acusa a la imputada, la fiscal refirió que S., sin poder precisar fecha exacta, entre los días 23 y 27 de junio de 2017, agredió físicamente a su hijo T.A.B.M., de 9 años de edad en ese entonces, dándole la cabeza contra la pared, golpes de puño y agrediéndolo también con un cinto, causándole lesiones que fueron certificadas por el Dr. R.B. al certificar: “…Que el día 28 de junio de 2017, a hora 11:00, se procedió a examinar al niño T.M., de 9 años de edad, que al momento del examen físico se constata hematomas múltiples en hombro y cara externa de brazo derecho, hematoma en región frontal y parietal izquierda, hematoma de 10 x 3 cm en brazo izquierdo, cuatro hematomas de unos 5 cm de diámetro en cara externa de muslo derecho. Se trata de lesiones de unos cinco días de evolución, producidas por golpe con objeto romo que curaran en siete días con el mero transcurso del tiempo…” Los hechos mencionados ocurrieron en la vivienda en la cual convivía la familia, sito en calle XXX de la ciudad de General Pico.

En cuanto a la calificación legal, entiende debe recaer en el tipo penal de Lesiones leves agravadas por el vínculo (arts. 92, 89 y 80 inc. 1 del C.P.)

---La Defensa no realizó alegato de apertura.

---Cuestión Preliminar: a pedido de la F. y sin oposición por parte de la Defensa, se incorpora la cámara G. del menor damnificado en el presente legajo.

A pedido de la Defensa y sin existir oposición por parte de la F., se desiste de los testigos N.B. y Y.O.

---La imputada declaró que el día del hecho, le habían mandado muchos llamados de atención respecto a que T. se venía portando mal. Que ese viernes su hijo le dijo que había sacado mal en una prueba y ahí fue cuando le pegó, en la habitación de él. Agregó que siempre le hablaba, le daba penitencia, le sacaba la tablet, lo sacaba de deportes.

Manifestó que fue un momento de enojo. Que ella daba todo y se presentaba en la escuela por su hijo.

Declaró que entonces le pegó una cachetada, le tiró los pelos, le pegó con el cinto, lo dejó en la pieza y se fue a la cocina, llorando y arrepentida. Que creía que esto había pasado un viernes. Explicó que en el sábado y domingo se le rompió la moto y por ello lunes y martes no lo había podido llevar a la escuela, porque no tenía vehículo.

Aclaró que su hijo se presentó el miércoles en el colegio y contó lo que le había pasado. Que entonces mientras estaba trabajando la llamaron para que se presentara en el hospital porque había pasado toda esta situación.

Reiteró que había sido un momento de enojo, de impotencia. Que no había sido solamente ese año, sino que venía arrastrando la conducta de su hijo con la escuela, hasta hoy en día. Explicó que a T.no le gustaba la escuela. Manifestó “Creo que como todos, ese día reventé y… reaccioné así, no fue mi interés… no quise hacerlo, es mi hijo… estoy arrepentida…”

Declaró que luego del hospital, su hijo se fue con la tía 15 días. Que habían hecho tratamiento con la psicóloga pero que por problemas económicos no lo habían podido seguir.

Refirió que en esos 15 días su hijo lloraba que quería estar con ella, que quería volver. Que entonces se acercó a Tribunales, habló con su abogada sobre que tenía que hacer para volver con su hijo y fue a la cuarta e hizo una declaración como que el nene quería volver y, ella y su hermana estaban de acuerdo. Agregó que hoy en día el nene estaba con ella y nadie había ido a ver cómo estaba.

A preguntas de la F., contestó que en el momento del hecho, en su casa vivían ella, T., su hijo más chico (V.B.), y el papá, N.B.

Respondió que de la escuela la llamaban todos los días por la conducta de su hijo, el cual iba a la XXX y luego lo pasó a la XXX, porque la primera era muy exigente. Que creía que esto era lo peor que había hecho, por la diferencia entre colegios. Que actualmente estaba yendo a la 66.

Afirmó que del colegio de T. siempre la llamaban a ella, no a su padre.

Declaró que para que su hijo volviera con ella, había ido a la 14 y la 103 y le habían dicho que hiciera un acuerdo en la cuarta como que estaban de acuerdo ella, su hermana y el nene, y que lo presentara.

Aclaró que cuando pasó el hecho, no recordaba si en la casa estaba el papá del nene, sí que estaba el nene más chiquito.

Consultada por la Defensa, respondió que desde que T. había comenzado la escuela, había tenido problemas de conducta. Que en la XXX no había intervenido el CAE, si en la Unidad Nº XXX.

Manifestó que siempre había trabajado de empleada doméstica.

Agregó que había iniciado el tratamiento psicológico para que la ayudaran con el error que había cometido con su hijo. Que su hijo había iniciado uno cuando era más chiquito y, después del hecho, comenzó nuevamente un tratamiento.

Agregó que la psicóloga que la había atendido a ella se llamaba Y. y, la que atendió al niño, A.

---IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron las declaraciones testimoniales a:

---1º) D.S.C.. Docente. H. exhibido una nota de fecha 28 de junio y otra de fecha 25 de octubre de 2017, reconoció su firma en las mismas.

Declaró que en el 2017 T. había sido alumno de la escuela XXX en cuarto grado, donde ella daba clases. Que el damnificado provenía de la escuela XXX.

Respecto al hecho, manifestó que no recordaba bien el día, si había sido miércoles o jueves y, que esa semana, el damnificado había faltado lunes y martes. Que cuando estaban formando T. le había dicho que le tenía que contar algo, a lo que le contestó que una vez que terminaran, le contaba. Que entonces cuando estaban en el aula, T. le dijo “., ¿Sabe por qué falté?”, contestándole que no y preguntándole por qué, a lo que le contestó “No… porque mi mamá me pegó”, acto seguido, se bajó el guardapolvo y le mostró unos moretones que tenía en el hombro. Que dio aviso a su compañera del otro cuarto y luego hablaron con la directora, la cual siguió el protocolo que correspondía.

Contestó que T. no le contó delante de todo el curso, sino cuando ella estaba atrás sacando las tizas en el armario. Que creía que le había dicho que le había pegado en el baño una...

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