Sentecia interlocutoria Nº 36 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 04-06-2019

Fecha04 Junio 2019
Número de sentencia36
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 4 de junio de 2019.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas: "LLUL, GUSTAVO S/QUEJA EN: LLUL, GUSTAVO C/PODER JUDICIAL DE RIO NEGRO S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO" (Expte. N° PS2-80-STJ2016 // 28423/16-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Los señores Jueces doctores Sergio M. BAROTTO, Ricardo A. APCARIAN y Enrique J. MANSILLA dijeron:
A fs. 139 y vlta. se presentan los doctores Blanca PASSARELLI y Juan Angel GARCIARENA, letrados apoderados de la Provincia de Río Negro, a los efectos de solicitar la regulación de los honorarios en atención a la intervención que les cupo ante esta instancia.
Resulta pertinente acceder a lo peticionado, habida cuenta de que los nombrados a fs. 114 y vlta. acusaron la caducidad de instancia del recurso extraordinario federal que fuera interpuesto por la actora y que no fuera sustanciado en los plazos establecidos por el art. 310 del CPCCN.
En tal virtud, merituando la naturaleza del asunto, se estima ajustado al caso regular los estipendios de los profesionales intervinientes aplicando los parámetros previstos en el art. 34 de la Ley de Aranceles G Nº 2212.
Las señoras Juezas doctoras Liliana Laura PICCININI y Adriana Cecilia ZARATIEGUI dijeron:
Atento a la coincidencia de los votos precedentes...

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