Sentencia Nº 35142 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia35142
Fecha05 Abril 2017
Año2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO N° 907 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL. Jueza Unipersonal: Dra. M.J.C..

General Pico, 10 Abril de 2.018

Legajo N° 35142
Caratulado: “Ministerio Público F. c/ P.P. s/ Amenazas Simples”

Visto y Considerando:
I) Que el día 03 de abril del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal de la suscripta, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo N° 35142, contra P.P., DNI N° 24.XXX.XXX, argentino, nacido el 13 de abril de 1.974, en General Pico, La Pampa, domiciliado en calle XXX, de la localidad de YYY, La Pampa, soltero, comerciante, de educación secundario incompleto, hijo de J. y de C.C.

Intervino en representación del Ministerio Público F., la Dra. A.L.R., asistió en la defensa del imputado el defensor particular, Dr. C.P.F..

II) Que el proceso se inició el día 05/04/2017, mediante denuncia radicada por M.S., en sede de la Unidad Funcional de Género, N. y Adolescencia de la ciudad de XXX, donde puso en conocimiento que mantuvo una relación de concubinato durante veinticuatro años con el ciudadano P.P., con quién posee seis hijos. Que hacía aproximadamente dos meses que se encontraban separados debido a infidelidades del mismo. Que durante la convivencia padeció maltratos tantos físicos como psicológicos.
Denunció que hacía veinte días aproximadamente P. se presentó en su domicilio dónde ingresó sin golpear, y se sentó en su comedor mientras la dicente miraba las noticias, dado que estaban pasando casos de violencia de género, circunstancia donde le dijo con textuales palabras "...a vos te van a encontrar como pasan en las noticias...", dichos que le provocaron miedo y a los que le contestó que hiciera lo que quisiera.
III) En el alegato de apertura el F. afirmó que acreditará que el imputado es el autor del ilícito que se investiga. Valiéndose de la prueba ofrecida oportunamente para acreditar su culpabilidad. Calificando el hecho como amenazas simples (Art. 149 bis del C.P.).
Por su parte, la defensa técnica manifestó que va a estar a la prueba a desarrollarse en el debate.
IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron las declaraciones testimoniales de:
a) M.S.: Damnificada. Reconoció su firma en el acta de denuncia. Relató que su marido P.P. con quién estuvo en pareja veinticuatro años y con quien tiene seis hijos, siempre la amenazó y humilló, precisando que la violencia física comenzó el primer mes luego del nacimiento de su primer hija. Adujo que durante los años de relación tuvieron muchas separaciones, que siempre regresó con él, y como ella sufrió mucho cuando su papá los abandonó, quería que sus hijos tuvieran un padre. Remarcó que durante muchos años le tuvo miedo al acusado, que por eso nunca se defendió. Añadió que muchas veces quiso separarse, pero que P. le decía que “ni loco” dejaba todo lo que construyó con la edad que tenía, que era un materialista. Refirió que el encartado en varias oportunidades le fue infiel, que en una ocasión grabó una conversación donde el imputado hablando con un amigo hacía referencia a otra mujer, que a partir de dicha situación lo echó de su casa pero que P. no se quería ir, por lo que debió acudir a la policía y abogados.
Respecto a la denuncia, expresó que una mañana encontrándose en la cocina, el imputado entró a su casa como si nada, estando ya separados, se sentó en la punta de mesa, momentos donde en la televisión estaban pasando una noticia de violencia de género, donde una mujer terminó muerta, circunstancias donde con su hijo en brazos, le dijo “vas a terminar así”, a lo que le respondió parándose en el puerta de la cocina, que lo hiciera, que sería bueno para que ya no sufrieran más sus hijos, él preso y ella muerta, aduciendo que no era la primera vez, que siempre la amenazó con matarla, haciendo mención de algunos episodios.
A preguntas de la fiscalía, respondió que P., tenía armas en su casa, que tenía una escopeta que usaba en las carneadas, con la que muchas veces jugando la apuntaba, que en una ocasión le tiró con un rifle en los pies.
Contestó que hoy día no tiene relación con el acusado, que intenta salir a la calle cuando sabe que él no está, que le hizo mucho daño y no lo quiere ver, que aguantó muchas cosas, incluso que dividiera a sus hijos. Que lo que pretende con este juicio es estar en paz, que nadie la humille.

b) C.M.P.: Progenitora de la damnificada. Describió la relación entre su hija y el imputado como una relación tormentosa, sobre todo cuando nació la hija mayor, ya que al mes de su nacimiento el acusado comenzó a golpearla, golpes de los que fue testigo.
Adujo que en dicho momento no hicieron la denuncia porque su hija le tenía miedo, pánico. Que él acusado siempre la golpeó, y que cuando ello sucedía, la damnificada se iba a su casa. Que nunca entendió por qué volvió con él, refiriendo que el acusado siempre la amenazó, humilló, propinó palizas, que su hija le tenía terror, que...

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