Sentecia definitiva Nº 327 de Secretaría Penal STJ N2, 22-12-2016

Número de sentencia327
Fecha22 Diciembre 2016
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 22 de diciembre de 2016.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “A., R.C. s/Queja en: \'A., R.C. s/Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar\'” (Expte.Nº 28688/16 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Ricardo A. Apcarian dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante Auto Interlocutorio Nº 54, del 25 de abril de 2016, el Juzgado de Instrucción Nº 4 de Viedma no hizo lugar a la oposición deducida por el defensor particular del señor R.A., doctor Néstor Larroulet, y rechazó el pedido de sobreseimiento incoado, declaró clausurada la instrucción y elevó la causa a juicio.
Contra dicha decisión la parte interpuso recurso de apelación, que fue desestimado, así como la queja deducida en consecuencia, lo que motivó que incoara un recurso de casación, cuya denegatoria motiva la presentación en examen.
2. Agravios del recurso de casación:
En su recurso de casación, el señor defensor plantea que en esta causa la cuestión debatida es si, al haberse rechazado de manera conjunta la oposición a la elevación de la causa a juicio y la solicitud de sobreseimiento, lo resuelto respecto de esto último es inapelable. Considera que son dos institutos diferentes y que el requerimiento del sobreseimiento cobra mayor notoriedad que el de finalización de la instrucción y es esencial a la garantía de la defensa en juicio.
Destaca que la denegatoria del sobreseimiento es apelable y no hay norma alguna del rito que prevea una situación diferente, como pretenden los decisores, a lo que agrega que ante la imposibilidad de volver a pedirlo una vez terminada la etapa de instrucción, estamos en presencia de una sentencia definitiva.
En razón de lo argumentado, pretende que se habilite la instancia de apelación denegada y se ordene a la Cámara de Apelaciones la sustanciación del recurso.
3. Fundamentos de la denegatoria de la casación:
/// Luego de reseñar los planteos esgrimidos, el a quo remite al art. 430 del Código Procesal Penal y sostiene que la decisión atacada no se encuentra comprendida en aquellos supuestos previstos por la ley. Por ello, con cita de la doctrina de este Cuerpo, decide declarar inadmisible el recurso.
4. Argumentos del recurso de queja:
La defensa reitera los agravios casatorios y critica la denegatoria, alegando que la decisión que impugna le causa gravamen de imposible reparación ulterior a su...

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