Sentencia Nº 3239-2003 de Cámara Nacional Electoral del 09-10-2003

Número de sentencia3239-2003
Fecha09 Octubre 2003
CAUSA: "Partido Unión y Libertad
s/oficialización de candidatos” (Expte.
3769/03 CNE) - MENDOZA.-
FALLO Nº 3239/2003
///nos Aires, 9 de octubre de 2003.-
Y VISTOS:
Los autos “Partido Unión y Libertad s/oficialización de
candidatos” (Expte. N° 3769/03 CNE), venidos del juzgado federal electoral de Mendoza,
en virtud del recurso de apelación deducido y fundado a fs. 71/72 contra la resolución de
fs. 57/58, obrando el dictamen del señor fiscal actuante en la instancia a fs. 77, y
CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 57/58 el señor juez federal con competencia
electoral de Mendoza resuelve no oficializar la candidatura a diputado nacional titular en
segundo término del señor Miguel Angel Avalos -nacido en la provincia de Buenos Aires-
por no haber acreditado los dos años de residencia inmediata en la provincia que exige el
art. 55 de la Constitución Nacional, intimando al partido para que en el término de seis (6)
horas proceda a reemplazarlo conforme lo previsto en el segundo párrafo del artículo 61 del
Código Electoral Nacional, bajo apercibimiento de hacerlo de oficio (cf. punto 2° de la
resolución de fecha 24 de setiembre de 2003).-
Contra dicha resolución el señor Miguel Angel Avalos
deduce revocatoria con apelación en subsidio (fs. 71/72) por entender que la valoración de
la prueba efectuada por el a quo cercena su derecho a ser elegido, e introduce nueva prueba
documental a los fines de demostrar que reside en la provincia de Mendoza desde mayo del
año 2000.-
A fs. 74 el magistrado deniega la reposición intentada y
concede la apelación.-
A fs. 77 emite opinión el señor fiscal actuante en la
instancia.-

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