Sentencia Nº 32284 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Año2018
Número de sentencia32284
Fecha25 Octubre 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO N° 1028 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL - Juez Unipersonal: Dr. M.L.P..

General Pico, 25 de octubre de 2018.

L.N.° 32284/0

Caratulado: "MINISTERIO PUBLICO FISCAL C/ S.C.A. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS",

---Visto y Considerando:

---I) Que el día 18 de octubre del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación del suscripto se llevó a cabo audiencia de debate oral en el L.N.° 32284/0, caratulado: "MINISTERIO PUBLICO FISCAL C/ S.C.A. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS", contra C.A.S., DNI N° 24.XXX, nacido el 09/08/1975 en XXX, provincia de San Luis, divorciado, camionero, hijo de J. y de D.C., domiciliado en XXX de XXX.

---Intervino en representación del Ministerio Público F., el Dr. L.R., asistió en la defensa al imputado, la Defensora General Dra. M.J.G..

---II) Que el hecho investigado se inició el 21 de octubre de 2016, al denunciar F.E.P., haber sido agredida físicamente por su ex pareja C.A.S., sufriendo lesiones que fueron constatadas por una profesional que la asistió en el hospital Gobernador Centeno de esta ciudad.

---III) En el alegato de apertura el F. refirió que acusa a C.A.S. de: que el día 21 de octubre de 2016 aproximadamente a las 20:30 hs., en el domicilio ubicado en calle XXX de XXX, haber agredido físicamente a su ex pareja F.E.P., propinándole golpes en la cabeza y en el cuerpo, mientras esta última se cubría con las manos. Como consecuencia de la agresión recibida la damnificada sufrió lesiones de carácter leves, conforme surge del certificado médico extendido por la Dra. A.B. (lesión escoriativa superficial en omóplato izquierdo. H. múltiples y escoriaciones en ambas manos. No se evidencian lesiones en extremidades inferiores, pero refiere dolor por contusiones. hematomas en la cabeza).

En cuanto a la calificación, se mantiene la realizada al formular la acusación, lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la que se mantiene o mantuvo una relación de pareja, conforme los términos del art. 89, 92 y 80 inc. 1° del C.P.

---Por su parte la Defensora refirió que durante la audiencia de debate se demostrará la inocencia de su defendido, que no ha cometido el hecho que pretende achacarle la fiscalía.

---El imputado refirió que no la golpeó. La conoció hace cuatro años, empezaron a salir cada vez más, hasta que ella se empezó a poner agresiva, no sabe el motivo. Cada vez que discutían, ella era muy agresiva. Cuando quiso cortar la relación, supuestamente había quedado embarazada y empeoró todo. De ahí en adelante empezaron a andar mal, no era vida, estaban una semana bien y tres, cuatro, cinco meses mal. Durante ese tiempo le rompía todo en la casa, el auto. Siempre le hacía problemas, si la llamaba o no la llamaba, lo escrachaba en el facebook, hablaba mal de él por todos lados. Empezó a denunciarla, le hizo dieciséis denuncias penales. Ella le iba a hacer problemas a su casa. Jamás la jodió en ningún lado. El día del problema tenían buena relación, ella dejaba el nene en la guardería y el declarante lo iba a buscar. Aunque le había pedido que no lo llevara porque se iba a ocupar de limpiar y vender la camioneta. F. le dijo que el nene era una carga para él. Fue a retirarlo como a las siete de la tarde, porque le llevó tiempo lavar el motor. Cuando F. fue a buscar el nene a su casa, le preguntó a qué hora lo había ido a buscar, y empezó a insultarlo, que había visto estaba conectado, en línea, le dijo “te cagas en tu hijo”. Se metió para adentro, para entregarle la mochila, ella entró atrás, arrancó la cortina, le quitó y empezó a pegarle con la mochila. Le pidió que parara un poco, mientras lo insultaba, le quería pegar, comenzó a agarrarlo y se cayeron los dos al lado de la puerta, no se la podía sacar de encima. El nene lloraba, gritaba, le decía “pará un poco F.”, y lo agarraba con lo que tenía. De los moretones que ella tenía en las manos, era de las piñas que le pegaba. Le tiraba patadas, le pegó con una botella. Hasta el televisor le quiso romper. Cuando le sacó la botella, del bajo mesada ella agarró un cuchillo y el declarante con su hijo en las manos, corriendo alrededor de la mesa, le tiraba las sillas para que no lo siguiera corriendo. Alcanzó a tomar el celular y llamar a la policía. Le decía “cagón, que llamas a la policía”. Ella alcanzó a agarrarle el celular, le tiraba con las llaves. Le quería seguir pegando, en un momento dejó el nene y la agarró de los pelos, porque no sabía de qué forma sacársela, se enceguecía de tal manera, siempre pasaba esto. En eso se vieron las luces de la policía, ella salió corriendo para afuera como pidiendo auxilio, siendo que era la que le hizo todo el problema. Le empezó a decir que el declarante no le había querido entregar la hidro, y nada que ver, fue un problema más, de los dieciseis anteriores. Eso es todo. Siempre que tenían problemas, el declarante cambiaba el número de teléfono. En ese momento cree era el número XXX. Jamás la molestó, ni en su casa, ni en el trabajo. Todas las veces que tuvieron problemas, ella fue a su casa. Como no le podía hacer nada le llevaba ropa, celulares, lo que encontraba. No le podía hacer nada, entonces le hacía denuncias. Su hijo tiene tres años, el primer año se lo dejó ver tres veces. El segundo año lo habrá visto cuatro meses. El tercer año recién lo pudo ver. Lo puede ver desde diciembre del año pasado porque acordaron en una mediación, cuando viene de viaje cada veinte días. F. le ha contado que con su anterior esposo se mataban a palos. El declarante jamás tuvo problemas con su ex mujer. Intentó andar de novio con L.A., y F. entraba a su casa y la agarraba de los pelos, la llamaba por teléfono o la esperaba afuera de su casa, la hacía sentar en el auto y le hablaba una o dos horas. Por eso los testigos no quieren venir, porque le tienen terror. Enojada es capaz de hacer cualquier cosa. Cuando andaba con L.A., estacionó el auto en el porch de la casa de ésta, y F. le rompió la luneta. En su casa golpeaba puertas, ventanas, tenía que abrirle y le rompía todo. Nunca lo citaron por las denuncias que hizo, esta causa es por lo último que pasó. Lo que quería es que estuvieran bien, porque tienen un hijo. Por este hecho ocurrido el 21 de octubre, el declarante hizo una denuncia el día 22/10/2016 y nunca lo llamaron. Fue a la Comisaría Cuarta donde le sacaron fotos, no la golpeó, puede tener lesiones porque la agarró de los pelos y la alejaba, ella le pegaba con las manos, jamás la tocó, si le hubiera pegado calcula que la desmaya.

A preguntas del F. dice que en el momento que estaba agarrando la mochila del perchero, ella entró y empezó a pegarle con la mochila, lo tiró encima de ella y cayeron en la puerta. El nene estaba en la hamaca, el declarante estaba arriba y ella queriéndole pegar, rasguñar, no había forma de poderla sacar de encima, cuando logra zafar, le dice “mirá el nene”, que lloraba, nunca había vivido una cosa así con su mujer e hijos. El nene se vino para adentro de la casa, ella siguió pegándole, le tiraba piñas, agarró el cuchillo y daban vueltas alrededor de la mesa. Le decía “mirá el nene”.

Fue a denunciar el mismo día, pero le dijeron en la comisaría que estaban muy complicados, que fuera al día siguiente. Fue al hospital, de donde salió re tarde. Su hijo nació el 12 de febrero de 2015, se llama S.N.S..

---IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron declaraciones testimoniales a:

---1°) Cabo de policía M.J.L.:

Ratificó el parte de novedades cursado el 21 de octubre de 2016, del cual procedió a dar lectura. Refirió que concurrió a ese domicilio por un llamado del CECOM. Se entrevistaron con la mujer y el masculino. La mujer dijo lo que consta en el parte, que fue a buscar el hijo y había sido agredida verbal y físicamente. Habló con S., si le hubiera dicho que había sido agredido, lo habría puesto en el parte de novedades. La mujer estaba nerviosa por la situación, no la conocía, tampoco a S.L. a personal de la Unidad de Género, quienes se hicieron cargo de la situación. No recuerda si cuando llegaron la mujer salió a buscarlos. La casa estaba metida para adentro, enfrente del barrio. No se acuerda si había alguien más, aparte de ellos dos.

---2°) F.E.P., es la denunciante. Reconoció la firma en el acta de denuncia.

Refirió que hace más de cuatro años empezaron a salir, mantuvieron una relación de pareja, nunca convivieron, y tuvieron un hijo, que nació el 12 de febrero de 2015. S. la abandonó cuando estaba embarazada de siete meses. Volvieron a los dos o tres meses después que nació el nene. Fue una relación de idas y vueltas, complicada, porque él siempre intentó manipular la situación, y ella no lo dejaba, a veces cedía para no discutir. Antes había sido víctima de empujones, un día le pegó en la pera, pero no hizo la denuncia. S. empezó a hacerle denuncias. Sentía que era un acoso, la iba a buscar la policía y se tenía que...

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