Sentencia Nº 32198 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia32198
Año2019
Fecha08 Marzo 2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

ALLO N° 1060 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL - J. Unipersonal: Dr. M.L.P..

General Pico, 8 de marzo de 2019.

Legajo N° 32198

Caratulado: "MINISTERIO PUBLICO FISCAL c/GSPONER, J.D.; F., D.Á.s.,

---Visto y Considerando:

---I) Que el día 27 de febrero del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación del suscripto se llevó a cabo audiencia de debate oral en el Legajo N° 32198, caratulado: "MINISTERIO PUBLICO FISCAL c/GSPONER, J.; F., D.s., contra J.D.G., DNI N° 33.177.691, argentino, nacido el 14/08/1988, en Maggiolo, Provincia de Santa Fe, de 30 años de edad, soltero, albañil, con instrucción primaria, hijo de M.A.R. y de J.E.G. y contra D.Á.F., DNI N° 35.899.424, nacida el 28/06/1991, en esta ciudad, de 27 años de edad, soltera, ama de casa, con instrucción primaria incompleta, hija de L.A.F. y de P.d.C.F..

---Intervino en representación del Ministerio Público F., el Dr. D.C., asistió en la defensa al imputado, el Defensor General Dr. G.C..

---II) Que el hecho investigado se inició el 19/10/2016, al denunciar O.C.S., que se encontraba ilegalmente ocupada la vivienda de su propiedad, ubicada en Peatonal 2 de Abril, Tira 9, D.. 13, del Barrio Malvinas Argentinas de esta ciudad.

---III) En el alegato de apertura el fiscal refirió que durante la audiencia de debate se pretenderá acreditar que entre los días 18 y 19 de octubre de 2016, sin poder precisar un horario determinado, en horas de la noche, los imputados J.G. y D.F., ingresaron a un inmueble, ubicado en Peatonal Héroes de Malvinas, Tira 9, D.. 13 del Barrio Malvinas II de esta ciudad. Que dicho ingreso se produjo mediante el ejercicio de violencia, fuerza en las cosas, ya que dañaron la puerta principal, quitando picaporte y cerradura. Desde entonces se ha mantenido la ocupación en dicho inmueble, y actualmente se encuentra ocupado por la acusada D.Á.F., juntos a sus dos hijas menores de edad, I.N. de 8 y T.S. de 6 años de edad .

---En cuanto a la calificación legal, se mantiene la realizada al formular la acusación, USURPACION (Art. 181, inc. 1º, del C.).

---Por su parte el Defensor conforme las facultades que le concede la ley, se abstuvo de formular el alegato inicial.

---El imputado J.G. declaró que no tiene nada que ver en la causa que se le imputa, solamente ayudó a la madre de sus hijas, en un departamento que estaba abandonado desde hacía más de diez años, que es del IPAV. D. no tenía dónde vivir y se quería meter ahí, un departamento en el que se metían los pibes, entonces le ayudó a llevar los muebles, y fue ella a hacer la denuncia como que estaba viviendo ahí. Después de tres años apareció la dueña, que no sabe si es dueña, porque todos los departamentos son del IPAV, no están pagos. No tenía donde vivir, tiene dos criaturas, le ayudó a llevar y acomodar los muebles. El IPAV les dio acceso para que pusieran el gas, la luz. Ahora está pagando impuestos ese departamento, que estaba abandonado. La señora O. fue llamada, se les devolvieron las cositas que estaban adentro, no se tocó nada. D. compró unas llaves y se las dio a la señora, que dijo “no, quiero sacar mis cosas” y sacó hasta el inodoro, termotanque, calefactor y le devolvió las llaves a D., y dijo “ahora sí quedate con el departamento”. Sería bueno que hablen con los representantes del IPAV y digan cómo es el tema, o que se de la oportunidad a sus hijas donde vivir, tampoco se las puede sacar a la calle, son dos criaturas. El declarante está detenido en Rawson. Que se solucione de otra manera. No tienen acceso a tener una casa porque no tienen trabajo, hay que cobrar cuarenta mil pesos o tenés que ser hijo de J.R. para que te adjudiquen una de barrio. D. vende ropa, cobra la asignación universal, debe ganar siete u ocho mil pesos por mes. No quedó otra que habitar ese departamento, sin saber que se iban a meter en este problema. Le pide al Sr. J. que solucione esto como tiene que ser, que no deje a sus hijas en la calle. Esta señora no necesita el departamento, hacía trece años que estaba deshabitado. Se le puso gas, luz, termotanque, inodoro, agua. No están viviendo de arriba, ni robando luz, gas, quieren vivir como familia digna. Si tiene hijo, Sr. fiscal, entienda lo que está diciendo, no se puede tirar dos criaturas a la calle. Que se presente gente del IPAV y diga cómo se tiene que solucionar este problema.

A preguntas del Defensor dijo que no sabía que estaba deshabitado, lo llamó D. para que la ayudara a llevar los muebles y acomodar el departamento. Dijo que estaba abierto. Sabía que estaba desocupado, porque su abuela vivía a veinte metros, era chico y ya estaba desocupado. La puerta estaba abierta. Ud. sabe que los pibes toman, fuman marihuana, antes que viviera esa gente se metió para vivir. Cuando fue la policía a hacer la inspección, justo estaba subiendo un mueble. D. la fue a buscar (policía) para no tener problemas porque estaba habitando ese lugar.

A preguntas del F. dijo que conoce a la señora SARANDÓN, el declarante tendría 12 o 13 años, cuando ella dejó el departamento. El declarante vivía a 20 metros. El departamento estaba con la puerta abierta. Antes estaba ocupado por un par de pibes que toman vino y fuman marihuana ahí adentro.

D. le pidió una cama a la madre, una mesa a los tíos, vino el padre con las cosas, ayudó a cargar y llevarlas para arriba. La mudanza se hizo tipo dos o tres de la tarde, no se acuerda, si lo dice miente. D. a la tardecita hizo la denuncia para que fuera la policía a sacar fotos y vieran cómo estaba el departamento. Cuando fue la policía hacía dos o tres horas que había habitado el departamento. D. fue al IPAV y supuestamente hacía más de tres años que no se pagaba ese departamento. Cuando ingresaron no tenía luz, agua, le faltaban unos tapadores de tubo, pero lo arregló todo D..

Hacía muchos años que SARANDÓN no se veía. No habló con ella, lo hizo D., que puso una cerradura y le entregó la llave para no tener más problemas, la señora le dijo que quería sacar sus cosas. Vino la policía y retiró las cosas de SARANDÓN, después vino la señora y le entregó las llaves en mano a D. y le dijo que se quedara ahí con las nenas. Hace muchos años que no vive con D., ya no estaba en pareja con ella cuando la ayudó a llevar esas cosas. A la exhibición de fotografías captadas por la policía en el inmueble, dijo que el baño, la cocina, heladera, cama del dormitorio, el placard, estaban así. A la cadena la puso D. el primer día que la habitó, en el lugar donde tendría que ir la cerradura de la puerta del departamento. A los dos días compró la cerradura. La señora SARANDÓN se llevó los muebles, heladera, termotanque, inodoro.

---La imputada D.Á.F. declaró que está habitando el departamento desde octubre de 2016. Estaba todo roto, lo fue acomodando, GSPONER no vivía con ella. Cuando fue la policía justo él se iba llevando las nenas y le tomaron los datos. Lo metieron acá y no está con ella. La casa estaba abierta porque la agarraron de juntadera, por eso volvieron a la noche cuando estaba sola con las dos nenas y les pidió que se fueran. Puso una cadena con candado y al tiempo le puso la cerradura. La policía certificó que estaba ahí. SARANDÓN pretendía sacar sus cosas y después le devolvió la llave de la puerta, cerradura que la declarante había puesto. Puso la luz, gas, a su nombre. Hacía como 15 años que la señora no habitaba la casa, en realidad no la habitó nunca. Lo sabe porque iba a visitar a su tía al barrio. No tenía lugar donde vivir con las nenas, está separada de J. desde hace ocho años. Ha ido al IPAV pero no consiguió nada. También pidió en la Municipalidad, pero tampoco.

Ingresó a la casa como a la una y media o dos de la mañana. La ocupó ella con las dos nenas y sólo un colchón. Después le regalaron la mesa, cocina. Al otro día no ingresó muebles, se los regalaron como a la semana. Su hermana, que vive en la misma torre más arriba, la ayudó con la mudanza, nadie más. Conocía a SARANDÓN de vista, no habló con ella antes de ocupar la vivienda y después tampoco. De la exhibición de fotografías por parte del fiscal, dijo que a la cadena la puso en la puerta, porque andaban los chicos que se juntaban a tomar, dando vueltas. A la cerradura se la puso a los días. El baño estaba como se muestra en la foto que le exhibe el fiscal. La mesa y sillas son de la señora. El techo estaba roto así, era una filtración de agua del baño. Puso a una orilla la heladera, cama y el placard de la señora. No le dijo a la policía que había tenido que romper la cerradura, estaba abierto. Cuando ingresó había luz y gas en el departamento. Hace un mes que empezó a trabajar, hace masetas. No tiene subsidio ni pensión.

A preguntas del defensor, dijo que J. y su hermana la ayudaron a hacer la mudanza, por eso le tomaron los datos cuando le estaba ayudando a subir algo. La declarante entró al departamento sola con las nenas. La señora se llevó los medidores de ella y la declarante puso los servicios a su nombre. Una vez encontró a SARANDÓN en el hospital, le dijo que iba a poner los medidores a su nombre. Fue al mes más o menos. Una hora más tarde de que ingresó, en la madrugada, fue la policía, la declarante llamó porque andaban esos chicos queriéndose meter. Al otro día la policía volvió, sacó fotos, ahí estaba GSPONER en el pasillo, ayudándola y por llevarse las nenas. No se acuerda si hizo una exposición o denuncia. Le dijo esa misma noche a la policía, que había ingresado ahí porque no tenía donde vivir.

---IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron declaraciones testimoniales a:

---1°) O.C.S.. D..

---Refirió que una vecina le avisó que en horas de la noche se sentían ruidos en su casa, pensó que le habían entrado a robar lo poco que le quedaba, al ir al otro día a la mañana, cuando fue a meter la llave, comprobó que había una cadena, no estaba el picaporte y rota la cerradura. De ahí se fue a Comisaría Tercera a hacer la denuncia. Hacía un año y algo que no...

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