Sentecia definitiva Nº 308 de Secretaría Penal STJ N2, 06-11-2017

Número de sentencia308
Fecha06 Noviembre 2017
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 6 de noviembre de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “SANDOVAL, Luis Mauricio s/ Cese prisión preventiva (en autos \'GONZÁLEZ, Carlos Ignacio… s/Robo… Expte.Nº 4507/17) s/Incidente s/Casación” (Expte.Nº 29510/17 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Enrique J. Mansilla dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante Auto Interlocutorio Nº 204, del 14 de agosto de 2017, la Cámara Tercera en lo Criminal de General Roca resolvió -en lo pertinente- no hacer lugar al planteo de cese de la prisión preventiva de Luis Mauricio Sandoval y Carlos Ignacio González. Asimismo dispuso que, finalizado el plazo previsto por el art. 329 del Código Procesal Penal, se remitan los autos a la Oficina Judicial con el fin de que asigne fecha para la audiencia preliminar y para la audiencia de debate.
Contra ello la defensa del señor Sandoval deduce recurso de casación, que es declarado admisible por el a quo.
2. Agravios del recurso de casación:
Luego de reseñar los antecedentes del caso y desarrollar conceptos generales con fundamento convencional referidos al carácter excepcional del encarcelamiento preventivo, los letrados presentantes alegan que -además de ello- el art. 114 del código ritual Ley 5020 establece que la medida cautelar cuestionada no puede extenderme más allá del plazo de dieciocho meses, transcurrido el cual el imputado debe recuperar la libertad de manera automática.
Asimismo, señalan que el Tribunal no ha indicado la existencia de riesgos procesales que aconsejen no seguir la regla general de la libertad, lo que se traduce en una ausencia de motivación.
Agregan que se ha superado de manera amplia el tiempo de la prisión preventiva, en tanto su pupilo lleva en tal situación más de dos años y un mes, e invocan una larga situación
/// de letargo en la investigación, la que actualmente se encuentra completada. También refieren que el señor Sandoval reside en la ciudad de Neuquén, junto a su grupo familiar y con trabajo estable al momento de ser detenido.
3. Hechos procesales:
La defensa de Luis Mauricio Sandoval solicitó una audiencia ante un Juez de Garantías para la inmediata libertad de su pupilo. Se resolvió tener a dicha presentación como un planteo de cese de prisión preventiva y se corrió vista al señor Fiscal...

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