Sentencia Nº 2953-2001 de Cámara Nacional Electoral del 18-10-2001

Fecha18 Octubre 2001
Número de sentencia2953-2001
CAUSA: "Merciadri de Morini María
T. s/Apelación -Cargos
Partidarios- incidente en autos
"Unión Cívica Radical su
presentación Expte. 1-U-71"
(Expte. 3414/2001 CNE) -
CORDOBA.-
FALLO Nº 2953/2001
///nos Aires, 18 de octubre de 2001.-
Y VISTOS: Los autos, "Merciadri de Morini María T. su
Apelación –Cargos Partidarios– Incidente en autos "Unión Cívica
Radical su Presentación" Expte. 1-U-71" (Expte. Nº 3414/2001
CNE), venidos del juzgado federal electoral de Córdoba en
virtud del recurso de apelación deducido y fundado a fs. 91/96
contra la resolución de fs. 44 y vta., su contestación a fs.
109/110 y a fs. 111/112, obrando el dictamen del señor fiscal
actuante en la instancia a fs. 124/125, y
CONSIDERANDO:
1º ) Que a fs. 1/3 se presenta la señora
María Teresa Merciadri de Morini impugnando las listas de
Delegados Titulares y Suplentes al Comité Nacional y
Convencionales Nacionales Titulares y Suplentes surgidas de las
elecciones internas de la Unión Cívica Radical -distrito de
Córdoba- del 25 de marzo de 2001, por entender que no respetan
la ubicación de las mujeres establecida en el art. 31 de la
Carta Orgánica Nacional, reformada con fecha 16 de diciembre de
2000 (fs. 22/38) y no se ajustan a lo estipulado en el art. 7
inc. 3 de la Carta Orgánica Provincial, en cuanto a la
distribución de los cargos según el sistema D´Hont.-
A fs. 18/20 corre agregada el acta de
proclamación efectuada por la Junta Electoral Partidaria de
fecha 15 de mayo de 2001, declarando la validez de las
elecciones internas para los cargos partidarios tanto
nacionales como provinciales.-
A fs. 44 y vta. el señor juez de grado
resuelve rechazar los planteos realizados respecto de la
proclamación efectuada por la junta electoral partidaria
anteriormente mencionada.-
Esta decisión motiva la interposición del

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