Sentencia Nº 29437/5 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia29437/5
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
E:\Sentencias\Files\Documentos\SOSA, C.L.-.L. nº 29437-5.docx

SANTA ROSA, 08 de marzo del año 2017.

VISTOS:

Los autos caratulados: “SOSA, C.L. en legajo nº 29437/4 (reg. Sala B del S.T.J.) s/ recurso extraordinario federal”, legajo nº 29437/5; y sus agregados por cuerda, “LOPEZ, D.F. en legajo nº 29437/4 (reg. Sala B del S.T.J.) s/ recurso extraordinario federal”, legajo nº 29437/6 y “SORIA, G.N. en legajo nº 29437/4 (reg. Sala B del S.T.J.) s/recurso extraordinario federal”, legajo nº 29437/7;

RESULTA:

LEGAJO Nº 29437/5, caratulado: “SOSA, C.L. en legajo nº 29437/4 (reg. Sala B del S.T.J.) s/ recurso extraordinario federal”:

1º) Que el Dr. R.V.M., interpuso recurso extraordinario federal, a favor de su representado, C.L.S., en los términos de la ley nacional nº 48 y contra la sentencia de fecha 9 de noviembre del año 2016 dictada por la Sala B de este Superior Tribunal de Justicia.

Adujo arbitrariedad del fallo recurrido y al respecto indicó que contiene defectos graves de fundamentación y razonamiento, en cuanto a la autoría endilgada a Sosa, en carácter de instigador y como autor intelectual.

Precisó que el Tribunal, “...al responder los agravios parte de una premisa falsa, por lo que satisface de manera aparente la exigencia constitucional de la adecuada fundamentación, en detrimento de los derechos de defensa en juicio, debido proceso y del derecho a recurrir que le asiste a todo imputado de un delito (arts. 18, 75 inciso 22º, de la Constitución Nacional; 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos)” (fs. 5).

En consecuencia consideró que, la sentencia no supera el estándar mínimo de revisión establecido por la Corte Suprema en el fallo “C..

Sostuvo la afectación de las garantías constitucionales de defensa en juicio, del debido proceso y del principio de inocencia. Seguidamente, analizó el material probatorio desplegado en el juicio, donde resaltó los testimonios que, a su modo de ver, tornan inválido el acto jurisdiccional que aquí se impugna.

Asimismo, invocó la existencia de causal de arbitrariedad por valoración de prueba ilícita, relativa a la detención de Soria.

2º) Que a fs. 46/50, contestan el traslado conferido, los D.. C.A.R. y N.P., en representación del querellante particular, E.E.R..

Estimaron que “De una lectura del mismo, surge que en realidad se ha transcripto largas citas de nuestro más alto Tribunal, más ésta sola circunstancia o situación, no habilita la vía Federal, ni menos aún permite considerar Arbitraria una Sentencia sobre todo del máximo Tribunal de una Provincia, por el simple motivo de que no se acogió lo solicitado, desoyendo los pedidos que en tal dirección se montaron.” (fs. 46).

Además, discreparon respecto a la aplicación de la teoría del máximo rendimiento de revisión, creada pretorianamente por el máximo tribunal nacional.

Dijeron que los presentantes introducen, recién en esta instancia, una indicación segmentada y acotada respecto de la participación de Sosa en el hecho endilgado

Afirmaron que debe descartarse toda causal de arbitrariedad aducida por la defensa y que...

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