Sentencia Nº 2844-2001 de Cámara Nacional Electoral del 19-02-2001

Fecha19 Febrero 2001
Número de sentencia2844-2001
Poder Judicial de la Nación
US O OFI CI AL
CAUSA: "Convencionales y afiliados del Partido Demócrata Liberal s/presentación"
(Expte. Nº 3349/2000 CNE) - SAN LUIS.-
FALLO Nº 2844/2001
///nos Aires, 19 de febrero de 2001.-
Y VISTOS: Los autos "Convencionales y afiliados del Partido Demócrata
Liberal s/presentación" (Expte. Nº 3349/2000 CNE), venidos del juzgado federal electoral
de San Luis, en virtud de los recursos interpuestos a fs. 228 y vta., y a fs. 230 y vta. contra
la resolución de fs. 209/226 vta., y
CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 14 y vta. la señora Martha E. Barbeito de Cacace
informa al señor juez de primera instancia que diecisiete convencionales del Partido
Demócrata Liberal de San Luis convocaron a sesión extraordinaria de la Convención, para
el 10/10/99, invocando el art. 22 de la Carta Orgánica. Explica que los once convencionales
restantes -ya que 28 es el número total de miembros que componen la Convención- fueron
notificados de dicha convocatoria mediante cartas documento, cuyas copias obran a fs.
3/13. El lugar de realización de la reunión fue fijado en la sede partidaria de la calle
Pedernera N° 650.-
A fs. 21 y vta. la presentante informa que el 7/10/99 varios
convencionales recibieron una citación, suscripta por uno de los integrantes del Tribunal de
Disciplina, para que el 8/10/99 presenten su defensa respecto de una "supuesta denuncia".
Dice que ello tiene como única finalidad impedir el normal desarrollo de la reunión a que se
había convocado.-
Afirma que dicha citación carece de validez por la
ilegitimidad del Tribunal de Disciplina -cuya integración se efectuó en la sesión de Buena
Esperanza, que se encuentra judicialmente cuestionada- y porque en ella no se especifica
cuál es la denuncia, ni quién la formula, vulnerándose así su derecho de defensa.-
Solicita, en definitiva, que se tengan "por denunciados los
hechos referidos, que deberán ser oportunamente tenidos en cuenta como formando parte
de una maniobra política tendiente a entorpecer la libre expresión de los convencionales".-
A fs. 24 y vta. se presenta nuevamente, adjuntando las cartas
documento de fs. 22 y 23. Mediante la primera el presidente de la Convención -Sr.
Valcarcel- rechaza la convocatoria dispuesta argumentando que la misma vulnera el
procedimiento indicado por la normativa partidaria.-
Dicha carta fue rechazada por la señora Barbeito de Cacace
mediante la que obra a fs. 23.-
A fs. 28 y vta. la nombrada denuncia una maniobra
intimidatoria para impedir el normal desarrollo de la Convención.-

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