Sentecia definitiva Nº 279 de Secretaría Penal STJ N2, 23-10-2017

Fecha23 Octubre 2017
Número de sentencia279
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 23 de octubre de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “MORALES, J.F. s/ Portación ilegal de arma de uso civil s/Casación” (Expte.Nº 28682/16 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 339/351, concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Sentencia Nº 60, del 23 de marzo de 2017, este Superior Tribunal de Justicia declaró mal concedido el recurso de casación deducido por la señora Defensora Penal doctora C.D. y, en consecuencia, confirmó la Sentencia Nº 50/16 de la Cámara Tercera en lo Criminal de General Roca que -en lo pertinente- no había hecho lugar a la nulidad del acta de procedimiento de fs. 1 y había condenado a J.F.M. en orden al delito de portación de arma de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, en calidad de autor (arts. 45, 189 bis inc. 2º primer párrafo C.P.), a la pena de un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo, e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena para tener y/o portar armas de fuego; asimismo, lo declaró reincidente por primera vez (art. 40 C.P.).
En oposición a ello la parte interpone recurso extraordinario federal (fs. 339/351), que la señora Defensora General sostiene a fs. 353/356 vta., por lo que se corre traslado al Ministerio Público F. (art. 257 Ley 22434), cuyo titular responde a fs.359/364.
2. Que la Defensa sostiene que la sentencia en crisis omitió realizar un análisis pormenorizado de los agravios, la legislación, la doctrina y la jurisprudencia invocados, en particular en lo referido a la comisión de nulidades de orden absoluto en el caso de autos, con lo que se han vulnerado la garantía del doble conforme, el derecho de defensa en juicio y el debido proceso legal.
Añade que el pedido de nulidad se centró en el ilegítimo obrar policial que -ante la ausencia de toda emergencia- se volvió lesivo de garantías constitucionales. Sobre el punto, critica el razonamiento del Superior Tribunal, dado que confirmó erróneamente una sentencia de condena que legitimó un acto viciado de nulidad absoluta por la intromisión en el ámbito de reserva de su defendido.
/// En definitiva, solicita que se admita el remedio intentado, se revoque la sentencia impugnada y se ordene el dictado de un nuevo fallo con arreglo al criterio jurisprudencial fijado.
3. Que la señora Defensora General sostiene el recurso extraordinario, dado que afirma que se ajusta a derecho y es formalmente...

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